Resolución 631/2021

Fecha de publicación03 Junio 2021
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES


Ciudad de Buenos Aires, 02/06/2021

Visto el EX-2021-29040028- -APN-SGRRHH#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, las Leyes N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, N° 24.156, N° 25.164 y N° 25.188, los Decretos Nº 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, N° 1382 de fecha 09 de agosto de 2012 y modificatorios, N° 895 de fecha 09 de octubre de 2018 y N° 90 del 20 de enero de 2020, la Disposición INCAA N° 584-E de fecha 20 de marzo de 2019, y;

CONSIDERANDO

Que por Decreto N° 1382/2012, se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE), como organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que en los considerandos de la norma citada, se alude a los sistemas creados por la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, y la manda establecida en su artículo 135, respecto a la necesidad de organizar un sistema de administración de bienes del Estado.

Que por Decreto N° 895/2018 se creó en el ámbito de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, el INVENTARIO NACIONAL DE BIENES MUEBLES Y SEMOVIENTES DEL ESTADO (IByS), con el objeto de constituir un registro unificado que contribuya a un adecuado seguimiento y control sobre los bienes muebles y semovientes que integran el patrimonio del Estado Nacional.

Que por el Artículo 1° del Decreto mencionado precedentemente se aprobó la reglamentación del ARTÍCULO S/N° de la Ley N° 11.672, relativa a la administración y disposición de bienes muebles y semovientes como ANEXO I (IF-2018-50470022-APN-AABE#JGM).

Que el Artículo 1° del menciono Anexo estableció como ámbito de aplicación de esta reglamentación, los organismos del Sector Público Nacional comprendidos en el inciso a) del artículo de la Ley N° 24.156.

Que conforme su Artículo 6° todo funcionario público debe proteger y conservar los bienes del Estado, utilizando los que le fueran asignados para el desempeño de sus funciones de manera racional, evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento.

Que no obstante el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES se encuentra comprendido entre las jurisdicciones del inciso c) del artículo de la Ley 24.156, en virtud de la experiencia recogida resulta conveniente contar con un circuito específico para la asignación y devolución de bienes asignados a funcionarios/as del INCAA, en miras de posibilitar el estricto control del patrimonio público, y garantizar los principios de transparencia e...

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