Resolución 631/2015
Fecha de disposición | 11 Marzo 2015 |
Fecha de publicación | 18 Marzo 2015 |
Sección | Avisos Oficiales |
Número de Gaceta | 33092 |
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 631/2015Bs. As., 11/3/2015
VISTO la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, la Resolución N° 3246/2014/INCAA y;
CONSIDERANDO:
Que dentro de las medidas de fomento previstas por el artículo 3° inciso a) de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, se encuentra la de auspiciar concursos y establecer premios.
Que el Concurso para la producción al que alude la presente resolución, se inscribe en el marco para la promoción de nuevos proyectos de cine de género fantástico en el ámbito de la producción nacional.
Que mediante Resolución N° 3246/2014/INCAA se llamó a un Concurso de Cine Fantástico para productoras con antecedentes cuyos proyectos constituyan largometrajes de cine fantástico, entendiéndose el mismo por cine de género de terror, ciencia ficción y/o gore.
Que ante los pedidos recibidos de jóvenes directores, es conveniente equiparar las exigencias en las dos vías de cine fantástico para los directores, lo que implica en consecuencia, que la inclusión de los presentantes en cada vía dependerá sólo de los antecedentes de los productores no exigiéndose antecedentes a los directores en ninguna de las dos vías.
Que con el objeto de afianzar la actividad del género tratándose del primer concurso de cine fantástico se entiende necesario eximir a los DOS (2) proyectos suplentes del presente concurso, a razón de UNO (1) por cada vía, de presentarse a clasificar al Comité de Evaluación de Proyectos previsto en la Resolución N° 151/2013/INCAA (plan de fomento).
Que asimismo es conveniente esclarecer una serie de dudas que surgieron con motivo de que el mencionado concurso de cine fantástico está directamente relacionado con la Resolución N° 151/2013/INCAA (plan de fomento).
Que los incisos 3) y 4) del Anexo II de la Resolución N° 3246/2014/INCAA ya se encuentran incluidos en el inciso 1) del mencionado Anexo II que prevé la presentación del formulario S900, por lo que resulta conveniente dejarlos sin efecto.
Que el inciso 4) del Anexo II de la Resolución N° 3246/2014/INCAA prevé la presentación de una planilla de acuerdo a las premisas del Anexo III de la mencionada resolución, por lo que también es conveniente dejar sin efecto dicho Anexo III, ya que también se encuentra incluido en el inciso 1) del Anexo II que prevé la presentación del formulario S900.
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