Resolución 207/2009

Fecha de la disposición10 de Agosto de 2009
CAPITULO VIII DISPOSICIONES FINALES Art. 39 - Los Organismos Nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son: Artículos 1 a 3

Argentina: Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos SAGPyA Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria SENASA Brasil: Ministério da Agricultura, Pecuária e Abastecimento MAPA Secretaria de Defesa Agropecuária SDA Paraguay: Ministerio de Agricultura y Ganadería MAG Subsecretaría de Estado de Ganadería SSEG Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal SENACSA Uruguay: Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca MGAP Dirección General de Servicios Ganaderos DGSG División de Sanidad Animal Art. 40 - Los Estados Partes deberán incorporar la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos internos antes del 01/IX/09.

LXXIV GMC Brasilia, 28/XI/08

CERTIFICADO VETERINARIO INTERNACIONAL PARA LA EXPORTACION DE SEMEN CAPRINO A LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Nº de Certificado Nº de precinto del país de origen Fecha de emisión Fecha de vencimiento I. PROCEDENCIA:

País de Origen del semen Nombre y dirección del exportador Nombre y dirección del Centro de Colecta y Procesamiento de Semen (CCPS) Número de Registro del CCPS Cantidad de contenedores (en números y letras) Precinto/s del/los contenedor/es Nº II. DESTINO:

Estado Parte de Destino Nombre del importador Dirección del importador III. TRANSPORTE Medio de Transporte Local de egreso IV. IDENTIFICACION DEL SEMEN:

A. Nombre del dador B. Nº de registro del dador C. Identificación de la pajuela D. Fecha de colecta E. Raza F. Nº de dosis G. H. I. J. K. L.

M. N. O. P. Q. R.

S. T. U. V. W. X.

Y. Z. AA. BB. CC. DD.

Los envases primarios (pajuelas) deberán ser marcadas en forma indeleble con la identificación del dador, fecha de colecta o código correspondiente.

  1. INFORMACIONES ZOOSANITARIAS:

    El Veterinario Oficial abajo firmante certifica que se ha dado cumplimiento a los requisitos Zoosanitarios establecidos en la Resolución GMC Nº ----/----, referidas a la exportación de semen caprino a los Estados Partes del MERCOSUR.

    Deberán constar las informaciones sanitarias requeridas por la Resolución GMC Nº VI. DE LA COLECTA, PROCESAMIENTO Y ALMACENAMIENTO DEL SEMEN Deberán ser incluidas las informaciones que constan del Capítulo VII de la Resolución GMC Nº ____/ ____.

  2. DEL PRECINTADO Deberán ser incluidas las informaciones que constan del Capítulo VIl de la Resolución GMC Nº____/ ____.

    Instituto Nacional de Semillas SEMILLAS Resolución 207/2009

    Apruébanse los requerimientos mínimos para la producción de material reproductivo forestal.

    Bs. As., 31/7/2009

    VISTO el Expediente Nº S01:0286510/2009 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION, las Leyes Nros. 20.247, 25.080, 25.845 y 26.432, los Decretos Nros. 2183 de fecha 21 de octubre de 1991; 2817 de fecha 30 de diciembre de 1991 y 133 de fecha 18 de febrero de 1999, la Resolución Nº 256 de fecha 11 de noviembre de 1999 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:

    Que a través de la Resolución Nº 256 de fecha 4 de noviembre de 1999 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRASY SERVICIOS PUBLICOS, se aprobaron las normas para la certificación, producción, comercialización e importación de semillas de especies forestales.

    Que la citada resolución estableció las categorías de Materiales Básicos Forestales pertenecientes a la semilla Certificada.

    Que para la correcta implementación de un sistema para la certificación, producción, comercialización e importación de semillas de especies forestales, resulta necesario definir los estándares y parámetros técnicos de dichas categorías.

    Que el COMITE TECNICO FORESTAL del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS en su reunión del día 27 de agosto de 2008 dio su opinión favorable a los requerimientos mínimos para la implementación de las Categorías...

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