Resolución 108/2009

Fecha de publicación06 Agosto 2009
Fecha de disposición06 Agosto 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31710

SEPTIMO: Las partes solicitan la homologación del presente Acuerdo.

Leída y RATIFICADA la presente Acta Acuerdo, las partes firman al pie en señal de plena conformidad ante mí que certifico.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 108/2009

Registro Nº 106/2009

Bs. As., 3/2/2009

VISTO el Expediente Nº 1.068.818/03 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 5/7 del Expediente Nº 1.268.871/08, incorporado como foja 160 al principal, Expediente Nº 1.068.818/03, obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION ARGENTINA EMPLEADOS DE LA MARINA MERCANTE (A.A.E.M.M.) y la empresa BUENOS AIRES CONTAINER TERMINAL SERVICES SOCIEDAD ANONIMA (B.A.C.T.S.S.A.), conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que al mencionado acuerdo se ha arribado en el marco de la Comisión Negociadora constituida en estos obrados a los efectos de la renovación del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 369/99 'E', del que son sus signatarios.

Que, en ese sentido, se trata de un acuerdo parcial que, explican las partes intervinientes, no implica limitar la discusión total de la causa de autos. Sus términos establecen, entre otras cuestiones puntuales, la creación de nuevas categorías para el sector de personal de mantenimiento y la eliminación de otras para el personal del mismo sector, dando lugar, por otra parte, a un incremento salarial por la promoción de funciones del personal representado por la entidad gremial firmante.

Que la vigencia está consignada a partir del mes de marzo de 2008.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que cabe poner de relieve que, tanto el ámbito personal como el territorial de aplicación del presente convenio, quedan circunscriptos a la correspondencia de la representatividad de las partes signantes.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por último correspondería, que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la DIRECCION DE REGULACIONES DEL TRABAJO, dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO, a fin de proceder al cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la Ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION ARGENTINA EMPLEADOS DE LA MARINA MERCANTE (A.A.E.M.M.) y la empresa BUENOS AIRES CONTAINER TERMINAL SERVICES SOCIEDAD ANONIMA (B.A.C.T.S.S.A.), glosado a fojas 5/7 del Expediente Nº 1.268.871/08, incorporado como foja 160, del Expediente Nº 1.068.818/03.

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acuerdo, obrante a fojas 5/7 del Expediente Nº 1.268.871/08, incorporado como foja 160, del Expediente Nº 1.068.818/03.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias. Cumplido pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de elaborar el pertinente proyecto de base promedio y tope indemnizatorio de las escalas salariales que por este acto se homologan, de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR