Resolución 627/2020

Fecha de publicación20 Marzo 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE SALUD


Ciudad de Buenos Aires, 19/03/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-17577219-APN-SAS#MS, las Leyes Nro. 26.522, 26.529 y 27.541, el Decreto 644 del 4 de junio de 2007, el Decreto 260 del 12 de marzo de 2020, la Resolución Ministerial N° 568/20 y,

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 se amplió, por el plazo de UN (1) año, la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19.

Que por la experiencia observada en otros países, es imperioso tomar medidas anticipadas tendientes a minimizar la expansión del virus, a fin de evitar la mayor cantidad de casos y muertes que sea posible.

Que ello resulta determinante para no superar la capacidad de respuesta del sistema de salud a fin de brindar una atención adecuada a la población.

Que el conjunto de medidas que se establecen a nivel nacional y jurisdiccional solo resultarán eficaces y tendrán impacto positivo en el control de la epidemia, si la población las acompaña respetando y aplicando las acciones que están a su cargo.

Que en el marco de la emergencia declarada se facultó a la autoridad sanitaria a adoptar las medidas que resulten oportunas, las que sumadas a las ya adoptadas desde el inicio de esta situación epidemiológica, propendan a disponer lo necesario en relación a las medidas de aislamiento, manejo de casos y prevención de la propagación de la infección, con el objeto de minimizar los efectos de la propagación del virus y su impacto sanitario.

Que en virtud de ello y de conformidad con las facultades otorgadas, corresponde disponer lo necesario para su implementación, mediante el dictado de las medidas aclaratorias y complementarias previstas en el presente acto.

Que por Resolución Ministerial N° 568/20 se encargó a la SECRETARIA DE ACCESO A LA SALUD y sus áreas dependientes a establecer los lineamientos técnicos de los actos administrativos que debe emitir el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN en su calidad de autoridad de aplicación del Decreto N° 260/20.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la ley N° 27.541 y el Decreto N° 260/20.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.-INDICACIONES PARA EL AISLAMIENTO. Apruébanse las indicaciones para el aislamiento detalladas en el Anexo I (IF-2020-18127154-APN-SAS#MS), que forma...

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