Resolución 624/2023

Fecha de publicación24 Noviembre 2023
EmisorENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 23/11/2023

VISTO el Expediente EX-2023-107112111- -APN-GDYGNV#ENARGAS, la Ley N° 24.076, el Decreto Nº 1738/92, las Resoluciones ENARGAS Nº 139/95, Nº 2592/02 y N° I-29/07; y

CONSIDERANDO:

Que los antecedentes técnicos de la medida propiciada se encuentran detallados en los Informes N° IF-2023-117093212-APN-GDYGNV#ENARGAS y su ampliatorio N° IF-2023-136351605-APN-GDYGNV#ENARGAS, producidos por la Gerencia de Distribución y Gas Natural Vehicular de este Organismo, Unidad Organizativa con incumbencia en la materia.

Que en los referidos Informes se propone la puesta en consulta pública del proyecto de norma para la revisión de los requisitos para la inscripción y actualización de los sistemas de manejo de la información del Registro de Matrículas Habilitantes (RMH) del Sistema de Gas Natural Vehicular; como también la actualización de las normas referidas a la vigencia de las matrículas, los requisitos para el funcionamiento de los sujetos del sistema y lo relacionado con sus Representantes Técnicos, a los fines de avanzar con la incorporación de nuevas Normas y Procedimientos dictados por el ENARGAS en el ámbito del uso del Gas Natural como combustible vehicular (en adelante GNC o GNV indistintamente).

Que en el citado Informe Técnico N° IF-2023-136351605-APN-GDYGNV#ENARGAS, se adjuntaron como documentos embebidos los siguientes: Anexo I “Requisitos para el Mantenimiento y la Inscripción de Postulantes, en el Registro de Matrículas Habilitantes para la actividad de GNC/GNV” (IF-2023-135595351-APN-GDYGNV#ENARGAS); Anexo II “Registro de Representantes Técnicos (RRT)” (IF-2023-135594509-APN-GDYGNV#ENARGAS)” y; Anexo III “Cronograma de Adecuación de los Sujetos del Sistema de GNV a la nueva normativa de RMH Y RRT” (IF-2023-135593874-APN-GDYGNV#ENARGAS).

Que, cabe señalar que mediante la Resolución ENARGAS Nº 139/95 del 17 de marzo de 1995, este Organismo estableció los requisitos y pautas para la inscripción en el RMH de los Productores de Equipos Completos para GNC (PEC), los Centros de Revisión Periódica de Cilindros para GNC (CRPC), los Fabricantes e Importadores de Equipos y Partes para GNC (FAB/IMP), de acuerdo a lo detallado en los respectivos Anexos que forman parte de dicha Resolución.

Que, mediante la Resolución ENARGAS Nº 2592/02 del 12 de abril de 2002, este Organismo resolvió ampliar los presupuestos descriptos en el Anexo II de la Resolución ENARGAS Nº 139/95 antes referida, detallando en sus Anexos los “Requisitos para la evaluación económico - financiera” y las pautas mínimas del Seguro de Caución Obligatorio para cada uno de los Sujetos del Sistema de GNC (SSGNV) allí indicados.

Que, posteriormente, por Resolución ENARGAS N° I-29 del 28 de junio de 2007, se estableció ampliar el plazo de la Matrícula Habilitante por el término de TRES (3) años y SEIS (6) meses.

Que, por otra parte, cabe señalar que anteriormente en el Expediente N° EX-2018-37813660- -APN-GGNC#ENARGAS, se dictó la Resolución Nº RESFC-2019-117-APN-DIRECTORIO#ENARGAS (B.O. 08/03/19), por la que se sometió a consulta pública el contenido de los proyectos “Requisitos para la inscripción en el Registro de Matrículas Habilitantes” (Anexo I) y “Cronograma de Adecuación a los Requisitos para la Inscripción en el RMH” (Anexo II), que integraban la citada Resolución, por un plazo de TREINTA (30) días a partir de su publicación, durante el cual se recibieron numerosos aportes de los SSGNV con propuestas, sugerencias y observaciones que se resumen en forma de planilla y se adjuntaron al informe mencionado como archivo embebido.

Que, en la citada Resolución se señaló que el desarrollo de un nuevo esquema de inscripción en el RMH y el cambio en sus requisitos constituye uno de los focos a desarrollar en aras a modernizar las metodologías aplicables al control de la Gerencia de Distribución y Gas Natural Vehicular.

Que, mediante la Resolución Nº RESFC-2019-219-APN-DIRECTORIO#ENARGAS del 15 de abril de 2019, se prorrogó el plazo establecido en el Artículo 2° de la Resolución N° RESFC--2019-117-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, respecto del proyecto para los “Requisitos para la inscripción en el Registro de Matrículas...

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