Resolución 66/2009

Fecha de disposición31 Julio 2009
Fecha de publicación31 Julio 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31706

ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SOCIEDAD ANONIMA y SANCOR COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA por la parte empleadora, obrante a foja 4 del Expediente N° 1.295.676/08, conforme a lo dispuesto en la Ley 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION.

Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente Acuerdo Colectivo obrante a foja 4 del Expediente N° 1.295.676/08.

ARTICULO 3°

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4°

Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias.

ARTICULO 5°

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEOY SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo Colectivo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6°

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.295.676/08

Buenos Aires, 19/1/2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 65/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 4 del expediente de referencia, quedando registrado con el N° 38/09.-- JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO En la ciudad de Buenos Aires a los 6 días del mes de octubre de 2008, entre las empresas Sancor Cooperativa de Seguros Ltda.; Prevención ART S.A.; ambas con domicilio en Av. Independencia 333,

Sunchales, provincia de Santa Fe representadas en este acto por el Sr. Carlos Perotti, en calidad de apoderado y el Sindicato del Seguro de la República Argentina con domicilio en Carlos Pellegrini 575, representado por el Secretario General Sr. Raúl Martínez, el Secretario Adjunto Sr. Juan Carlos Audagnotti, y la Dra. Alelí Prevignano como Asesora Letrada, se ha arribado al siguiente acuerdo.

PRIMERO: Las EMPRESAS han manifestado su voluntad de otorgar una gratificación extraordinaria de medio sueldo, de pago único y de naturaleza no remunerativa a todos los empleados comprendidos en convenio colectivo que se encuentren prestando tareas a la fecha de pago, que hayan ingresado con anterioridad al 31 de marzo de 2008 y que no se encuentren comprendidos en el sistema de Administración por Objetivos.

SEGUNDO: Que el Sindicato presta conformidad con el pago ofrecido y la naturaleza del mismo, acordando con las EMPRESAS que el pago se haga efectivo en el transcurso del mes de octubre 2008.

TERCERO: Las partes manifiestan que dicho pago absorberá hasta su concurrencia cualquier suma de dinero que por cualquier...

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