Resolución 59/2009

Fecha de la disposición31 de Julio de 2009

Expediente 1.305.599/08

En la Ciudad de Buenos Aires a los 15 días del mes de diciembre 2008, comparecen en el MINISTERIODETRABAJO,EMPLEOYSEGURIDADSOCIALDELANACION,DIRECCIONNACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, por ante mí Luis Emir BENITEZ, Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales No 3, el SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DELVIDRIO Y AFINES, asociación con personería gremial Nº 36, representada en este acto por los señores Horacio Alberto Valdez (Secretario General), Julio A. Paiva (Tesorero General) y Jorge Russo (Secretario de Relaciones Laborales), integrantes del secretariado Nacional, en adelante indistintamente denominada SOIVA o PARTE SINDICAL, por una parte; y por la otra la CAMARA ARGENTINA DE FABRICANTES DE VIDRIO representada en este acto por el Sr. Rodolfo Sanchez Moreno, en su carácter de Presidente y miembro paritario en adelante PARTE EMPRESARIA, acuerdan lo siguiente:

Primero: El presente acuerdo, se celebra en los términos de la Ley 14.250 y sus modificatorias y dentro del marco de la Convención Colectiva de Trabajo Nº 395/04.

Segundo: En función, a lo establecido en dicho CCT y en su carácter de partes signatarias de la misma, cuya personería se encuentra debidamente acreditada en el expediente 1.069.943/03 acuerdan otorgar al personal incluido en la RAMA FABRICACION AUTOMATICA DE VIDRIO HUECO, a la cual representan ambas partes un bono de fin de año, con carácter excepcional y por única vez y por lo tanto de carácter no remunerativo de $ 500 (pesos quinientos), lo cual no se incorpora a los Salarios Profesionales Conformados y por ende, no será considerada para el cálculo de horas extras,

SAC, vacaciones, indemnizaciones ni ninguna referencia remuneratoria.

Tercero: Dicho bono será abonado con los haberes del mes de diciembre de 2008.

Cuarto:A los efectos de la percepción de la misma, se considera requisito para su devengamiento, el estar en relación de dependencia a la fecha de pago.

Quinto: Ambas partes, solicitarán al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación la homologación del presente acuerdo.

Con lo que se dio por finalizado el acto, firmando los comparecientes por ante mí de conformidad.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 59/2009

Registro Nº 36/2009

Bs. As., 15/1/2009

VISTO el Expediente Nº 1.282.200/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1978) y sus modificatorias, la Ley Nº 25.877, el Decreto Nº 900 de fecha 29 de junio de 1995, y CONSIDERANDO:

Que bajo las presentes actuaciones tramita la homologación del Acuerdo obrante a fojas 415 suscripto entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA por la parte gremial y el INSTITUTO AUTARQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO DE ENTRE RIOS por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que...

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