Resolución 619-E.

Fecha de disposición25 Julio 2017
Fecha de publicación25 Julio 2017
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 619-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 14/06/2017

VISTO el Expediente Nº 1.725.943/16 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 y 3 del Expediente de referencia, obran los Acuerdos celebrados entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, el SINDICATO LUZ Y FUERZA DE BAHÍA BLANCA, por la parte sindical y la empresa CENTRAL PIEDRA BUENA SOCIEDAD ANÓNIMA, por el sector empleador, ratificado a fojas 55, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través de los textos convencionales alcanzados, se establece un incremento salarial y una gratificación extraordinaria no remunerativa, conforme a las condiciones pactadas.

Que los agentes negociales han ratificado su contenido y acreditaron la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación de los presentes se circunscribe a la correspondencia entre la actividad del sector...

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