Resolución 464/2009

Fecha de disposición30 Julio 2009
Fecha de publicación30 Julio 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31705

Bs. As., 24/7/2009

VISTO el Expediente del Registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION Nº 3291.00.0/06, y CONSIDERANDO:

Que las actuaciones mencionadas en elVisto guardan relación con la solicitud formulada por el señor Juan Carlos GONZALEZ para la adjudicación directa de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, categoría E, en la localidad de VILLA TULUMBA, provincia de CORDOBA, en el marco del Régimen de Normalización de Estaciones de Frecuencia Modulada, implementado por Decretos Nros. 1144/96 --modificado y complementado por sus similares Nros. 1260/96 y 310/98, respectivamente--; 2/99 y 883/01.

Que la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION aprobó, a través del dictado de la Resolución Nº 124/SG/02, modificada por sus similares Nros. 215/SG/04 y 672/SG/06, los pliegos de bases y condiciones generales y particulares elaborados por este Organismo, que regirían los llamados a concurso público y el sistema de adjudicación directa de licencias para el servicio de que se trata.

Que ulteriormente, por Resolución Nº 1366-COMFER/06, se dispusieron las convocatorias para que las personas físicas y jurídicas titulares o cesionarias de permisos precarios y provisorios vigentes y de las estaciones reconocidas a través del dictado de la Resolución Nº 753-COMFER/06, y las personas físicas y jurídicas en general, formularan las solicitudes de adjudicación directa de licencias, para la instalación, funcionamiento y explotación de estaciones de radiodifusión por modulación de frecuencia en los términos del artículo 4º inciso d) del Decreto Nº 310/98, modificado por su similar Nº 883/01, y se aprobó el cronograma para la recepción de las mismas.

Que el Pliego de Bases y Condiciones que rigió el procedimiento de marras, estableció los requisitos de forma y de fondo que debían reunir las propuestas que se presentaran al mencionado procedimiento.

Que dichos extremos se relacionan, en algunos casos, con el cumplimiento de las condiciones fijadas por la Ley Nº 22.285 para acceder a la titularidad de licencias de servicios de radiodifusión y en otros con las exigencias particulares establecidas para el procedimiento de adjudicación directa.

QuedelInformesobrelosaspectosculturalesydeprogramaciónelaboradoporlaCoordinaciónEspectro y Normativa se colige que la propuesta cumple con lo establecido por el Pliego de Bases y Condiciones.

Que de la evaluación Jurídico-Personal efectuada por la Dirección de Normalización, surge que la propuesta en cuestión reúne los requisitos exigidos por las normas que regulan la materia.

Que el artículo 45 inciso c) de la Ley Nº 22.285 establece como requisito que deberán reunir las personas físicas, entre otros, para ser titulares de un servicio de radiodifusión, el de 'tener capacidad patrimonial acorde con su inversión y poder demostrar el origen de los fondos'.

Que, la Dirección General Administración, Finanzas y Recursos Humanos concluyó que no se encontraba en condiciones de informar respecto de la capacidad patrimonial según lo prescripto por el artículo 45 inciso c) de la Ley 22.285 toda vez que el señor Juan Carlos GONZALEZ no cumplió acabadamente con lo dispuesto por el artículo 6º del pliego.

Que bajo tales antecedentes, no resulta plausible dar curso favorable a la solicitud de adjudicación de licencia efectuada por el señor Juan Carlos GONZALEZ.

Que la Comisión de Preadjudicación, designada por Resolución Nº 520-COMFER/04, se expidió propiciando el rechazo de la solicitud presentada por el señor GONZALEZ.

Que, conforme surge de lo normado por el Decreto Nº 883/01, el informe justificativo elaborado por este COMITE FEDERAL se encuentra aprobado.

Que consecuentemente, la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa ha emitido el dictamen pertinente.

Que la presente se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 95 y 98 de la Ley Nº 22.285 y por el artículo 2º del Decreto Nº 520 de fecha 31 de marzo de 2008.

Por ello,

EL INTERVENTOR DEL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION RESUELVE:

ARTICULO 1º

Recházase la solicitud de adjudicación directa de una licencia efectuada por el señor Juan Carlos GONZALEZ para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, Categoría E, en la localidad de VILLA TULUMBA, provincia de CORDOBA, en atención a las razones expuestas en los considerandos.

ARTICULO 2º

Comuníquese lo resuelto en la presente a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES.

ARTICULO 3º

Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido ARCHIVESE (PERMANENTE). -- Lic. JUAN GABRIEL MARIOTTO,

Interventor, Comité Federal de Radiodifusión.

e. 30/07/2009 Nº 62399/09 v. 30/07/2009 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION Resolución Nº 460/2009

Bs. As., 24/7/2009

VISTO el expediente Nº 377-COMFER/07, y CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones se relacionan con la presentación efectuada por la señora María Silvina BUHANNA, cesionaria del permiso precario provisorio correspondiente a...

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