Resolución 616-E.

Fecha de disposición17 Agosto 2017
Fecha de publicación17 Agosto 2017
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE DEFENSA

Resolución 616-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 14/07/2017

VISTO, el Convenio Colectivo Sectorial para el Personal Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad suscripto el 24 de octubre de 2015 homologado por Decreto N° 2539 de fecha 1 de diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 125 del citado Convenio, dispuso que las partes firmantes establecerían una agenda y cronograma para efectuar el reencasillamiento del personal en un plazo máximo de CIENTO OCHENTA (180) días a partir de su vigencia, y que el Estado empleador a través de los titulares de los Ministerios de Defensa y de Seguridad, impartirían las instrucciones necesarias a las jurisdicciones ministeriales, de las Fuerzas Armadas y de Seguridad y organismos descentralizados, para su cumplimiento.

Que, en función de ello, este MINISTERIO DE DEFENSA dictó la Resolución N° 1385 de fecha 3 de diciembre de 2015, estableciendo el procedimiento, modalidades y plazos tendientes al cumplimiento del reencasillamiento del personal civil que se desempeña dentro de las distintas Fuerzas Armadas, en el escalafón previsto en el Convenio Colectivo Sectorial.

Que, a los efectos del reencasillamiento del Personal Civil de las FF.AA. en el nuevo Escalafón, el artículo 2º de la Resolución MD Nº 1385 estableció deberá tomarse en consideración la situación de cada Agente, conforme la última promoción de categoría legal y formalmente aprobada, de conformidad a las disposiciones de su escalafón de origen.

Que, la incorporación que se proyecta, cumple con los objetivos y finalidades del Convenio homologado y de la citada Resolución que instrumenta el reencasillamiento.

Que, los pasos tendientes a efectivizar este último, previstos en los artículos 5º al 9° de la Resolución N° 1385/2015, se enumeran de la...

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