Resolución 614/2022

Fecha de publicación22 Junio 2022
SecciónResoluciones
EmisorUNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES


Ciudad de Buenos Aires, 10/06/2022

VISTO

El EX-2021-05692694-UBA-DME#REC, generado mediante Sistema GDE (Gestión Documental Electrónica), y

CONSIDERANDO

Que por el Capítulo D CÓDIGO.UBA I-59, se estableció que toda presentación y/o solicitud a la Universidad de Buenos Aires, deberá ser realizada a través de la plataforma “Trámites a Distancia de la Universidad de Buenos Aires” (TAD-UBA).

Que, conforme lo dispuesto por el artículo 1° CÓDIGO.UBA I-60, son de aplicación en el ámbito de la Universidad de Buenos Aires las disposiciones del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 – T.O. 2017, aprobado por Decreto N° 894/2017 referidas al procedimiento de los expedientes y actuaciones administrativas electrónicas, mientras no colisionen con la Autonomía Universitaria y los procedimientos específicos vigentes en la Universidad.

Que el artículo 75, inciso 19 de la Constitución Nacional instituyó “la autonomía y autarquía de las Universidades Nacionales”, concepto que determina la total independencia de las Universidades Nacionales del Poder Ejecutivo Nacional, supeditada únicamente al control reglamentario del Poder Legislativo.

Que a partir del reconocimiento constitucional de la autonomía universitaria, las Universidades Nacionales se rigen por sus propios estatutos y normas, emanadas de sus máximas autoridades.

Que la Direccion General de Planificación y Gestión de Contrataciones conjuntamente con el Registro Único de Proveedores de la Universidad de Buenos Aires han realizado un análisis pormenorizado de cada una de las reformas en la necesidad de optimizar el circuito de las Licitaciones y Contrataciones que abarca esta Casa de Altos Estudios, propiciando la modificación de los artículos 5, 8, 9, 50, 52, 53, 192, 195, 196, 198, 200, 201 y 202 CÓDIGO.UBA I-53; y los artículos 7, 19, 101.3, 101.5, 103.5,104.3.8 y 301.6 CÓDIGO.UBA I-54.

Que las innovaciones al Reglamento comprenderán una mayor eficiencia, agilización y calidad en el desarrollo para las distintas áreas correspondientes a las dependencias que intervienen en el cumplimiento de la normativa de marras.

Que la Subsecretaria de Hacienda analizó las cuestiones referentes a las modificaciones de los artículos 5, 8, 9, 50, 52, 53, 78, 192, 195, 196, 198, 200, 201 y 202 CÓDIGO.UBA I-53; y los artículos 7°, 19, 101.3, 101.5, 103.5, 104.3.8 y 301.6 CÓDIGO.UBA I-54, compartiendo el criterio y prestando conformidad.

Que la Secretaría de Hacienda y Administración presto conformidad a las...

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