Resolución 612. RESOL-2018-612-APN-SECT#MT

Fecha de disposición09 Enero 2019
Fecha de publicación09 Enero 2019
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 612/2018

RESOL-2018-612-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 08/08/2018

VISTO el Expediente Nº 1.777.012/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976), la Ley 23.546 (t.o. 2004), y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente N° 1.777.012/17, obra el acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN SINDICATOS UNIDOS PETROLÉROS E HIDROCARBURÍFEROS (SUPEH) por el sector sindical y las empresas YPF S.A. y OPERADORA DE ESTACIONES DE SERVICIOS S.A. por la parte empleadora, ratificado a fojas 13, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del presente se establece el otorgamiento de una suma extraordinaria, no remunerativa y por única vez para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1572/18 "E".

Que en relación con el carácter atribuido a la asignación pactada, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores es de alcance restrictivo.

Que en consecuencia, corresponde exhortar a las partes a fin que en futuras negociaciones, las sumas cuyo devengamiento se estipule para varios períodos mensuales, tengan naturaleza remunerativa, conforme a lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).

Que los agentes negociales han ratificado el acuerdo celebrado...

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