Resolución 61/2019

Fecha de publicación25 Septiembre 2019
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA


Ciudad de Buenos Aires, 24/09/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2019-66283089- -APN-DGDMA#MPYT del Registro de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley N° 24.425 que aprueba el ACUERDO DE MARRAKECH por el que se establece la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO, la Ley N° 23.981 que aprueba el TRATADO PARA LA CONSTITUCIÓN DE UN MERCADO COMÚN ENTRE LA REPÚBLICA ARGENTINA, LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY Y LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY por la cual se conforma el MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR), la Ley N° 25.380, sus modificatorias y complementarias, que regula el régimen legal para las Indicaciones de Procedencia y Denominaciones de Origen de Productos Agrícolas y Alimentarios, la Ley N° 25.163 sus modificatorias y complementarias, que establecen las “Normas Generales para la Designación y Presentación de Vinos y Bebidas Espirituosas de Origen Vínico de la Argentina”, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 24.425 se aprobó el ACUERDO DE MARRAKECH, el cual contiene entre sus Acuerdos Abarcados el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de la Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC).

Que el citado Acuerdo en su Artículo 22, establece los compromisos multilaterales respecto de la protección de las indicaciones geográficas; en su Artículo 23, la protección adicional de las indicaciones geográficas de los vinos y bebidas espirituosas; y en su Artículo 24, las excepciones a la protección de indicaciones geográficas por derechos adquiridos antes de la fecha de entrada en vigor del mencionado Acuerdo.

Que la Ley N° 25.163 sus modificatorias y complementarias, incorpora las obligaciones contenidas en el Artículo 23 del ADPIC y establece las normas generales para la designación y presentación de vinos y bebidas espirituosas de origen vínico de la REPÚBLICA ARGENTINA, regulándose las Indicaciones de procedencia y geográficas, así como las denominaciones de origen controladas, estableciendo como Autoridad de Aplicación a la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS a través del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, con jurisdicción en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que el Decreto N° 57 del 14 de enero de 2004 y sus resoluciones complementarias reglamentaron la Ley N° 25.163 sus modificatorias y complementarias, en cuyo Capítulo V se establecen los alcances y obligaciones sobre la protección de las Indicaciones de Procedencia, Indicaciones Geográficas y Denominaciones de Origen Controladas.

Que la Ley N° 25.380 sus modificatorias y complementarias, incorpora las obligaciones contenidas en el Artículo 22 del ADPIC y establece el régimen...

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