Resolución 607/2019

Fecha de publicación29 Agosto 2019
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Ciudad de Buenos Aires, 27/08/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-69591401- -APN-DGDYG#MJ, el Capítulo XIV “Régimen de Retribuciones” de la Ley Orgánica del Servicio Penitenciario Federal N° 17.236, texto según Ley N° 20.416, y sus modificatorias, el Decreto N° DECTO-2019-586-APN-PTE del 22 de agosto de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° DECTO-2019-586-APN-PTE del 22 de agosto de 2019 se instruyó al titular del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS a fijar el Régimen Salarial del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL previsto en el Capítulo XIV “Régimen de Retribuciones” de la Ley Orgánica del Servicio Penitenciario Federal N° 17.236, texto según Ley N° 20.416, y sus modificatorias.

Que el dictado de dicho Decreto tuvo por objeto propender a establecer un régimen salarial para el personal de la citada Institución que cristalice el compromiso histórico tendiente a transparentar y recomponer la estructura salarial vigente, en virtud del cual se reconozca una adecuada jerarquización en relación con la capacidad, responsabilidad y dedicación que demanda la correcta ejecución de su actividad.

Que en cumplimiento de la instrucción impartida por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, debe disponerse por resolución de este Ministerio una nueva estructura salarial para el personal del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL que constituya un ordenamiento normativo unificado en dicha materia.

Que a tal fin corresponde fijar el importe del nuevo haber mensual definido su alcance en el artículo 95 de la Ley Orgánica del Servicio Penitenciario Federal N° 17.236, texto según Ley N° 20416, y sus modificatorias, comprensivo de las sumas correspondientes a los suplementos, compensaciones y bonificaciones por “Responsabilidad Jerárquica”, “Complementaria por Grado”, por “Estado Penitenciario”, de “Gastos por Prestación de Servicio”, por “Gastos de Representación”, de “Apoyo Operativo” y por “Material de Estudio y Vestimenta” que para los distintos grados y jerarquías fueron creados por el Decreto N° 243 del 25 de febrero de 2015 y sus modificatorios.

Que, de acuerdo a los caracteres definidos en el Decreto N° DECTO-2019-586-APN-PTE respecto de los nuevos suplementos, compensaciones, complementos y beneficios, corresponde efectuar por este acto la determinación concerniente a cada uno de aquellos.

Que en ese orden de ideas, por el presente acto se dispone la creación de: la compensación particular por “Fijación de Domicilio”, la compensación particular por “Variabilidad de Vivienda”, el suplemento particular por “Zona Sur”, el suplemento particular por “Tiempo Mínimo Cumplido en el Grado”, el complemento particular por “Función Ejecutiva”, el suplemento general por “Antigüedad de Servicios (S.A.S.)”, el suplemento particular por “Título Académico”, el concepto indemnizatorio de “Resarcimiento de Gastos” y el beneficio de “Reintegro de gastos de sepelio”.

Que siguiendo las pautas establecidas en la referida manda presidencial, tales suplementos, compensaciones y demás conceptos a percibir por el personal deben ajustarse a los siguientes lineamientos: (i) la generalidad con que se otorgan los suplementos no es condición suficiente para asignar a ellos el alcance de remunerativos y bonificables, y (ii) no corresponde reconocer al personal retirado un derecho con mayor alcance que el que se le otorga al personal en actividad.

Que en ese sentido, corresponde...

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