Resolución 489/2009

Fecha de publicación17 Julio 2009
Fecha de disposición17 Julio 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31696

RESOLUCIONES Secretaría de Culto CULTO Resolución 136/2009

Inscríbese en el Registro Nacional de Cultos al Ministerio Iglesia El es el Rey.

Bs. As., 30/6/2009

VISTO la presentación que por Expediente Nº 60.220/07 del registro de este Ministerio efectúa la entidad MINISTERIO IGLESIA EL ES EL REY en la que solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cultos, según lo establecido por el artículo 2º de la Ley Nº 21.745, y CONSIDERANDO:

Que el artículo 14 de la CONSTITUCION NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que reglamentan su ejercicio.

Que corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar los reglamentos necesarios para la ejecución de las leyes.

Que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 21.745 y su Decreto Reglamentario Nº 2037/79.

Que del informe producido por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos obrante a fojas 69 de las actuaciones citadas en el Visto resulta que, de los antecedentes debidamente evaluados, la institución requirente ha demostrado su carácter religioso de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Decreto Reglamentario Nº 2037/79.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO RESUELVE:

Artículo 1º

Inscríbase en el Registro Nacional de Cultos bajo el Nº 4112 a la organización denominada MINISTERIO IGLESIA EL ES EL REY, con sede central en la calle Adolfo Alsina Nº 3519, Barrio La Paz, Localidad de José C.

Paz, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Art. 2º

Regístrese la firma del señor Manuel Antonio TORRES (M.l. Nº 10.362.659) en su carácter de Presidente, bajo el número 8542 y procédase a extender la documentación correspondiente.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Guillermo R. Oliveri.

Secretaría de Culto CULTO Resolución 137/2009

Inscríbese en el Registro Nacional de Cultos al Ministerio Evangélico La Voluntad de Dios.

Bs. As., 30/6/2009

VISTO la presentación que por Expediente Nº 16.364/09 del registro de este Ministerio efectúa la entidad MINISTERIO EVANGELISTICO LA VOLUNTAD DE DIOS PARA LAS NACIONES en la que solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cultos, según lo establecido por el artículo 2º de la Ley Nº 21.745, y CONSIDERANDO:

Que el artículo 14 de la CONSTITUCION NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que reglamentan su ejercicio.

Que corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar los reglamentos necesarios para la ejecución de las leyes.

Que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 21.745 y su Decreto Reglamentario Nº 2037/79.

Que del informe producido por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos obrante a fojas 51/52 de las actuaciones citadas en el Visto resulta que, de los antecedentes debidamente evaluados, la institución requirente ha demostrado su carácter religioso de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Decreto Reglamentario Nº 2037/79.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO RESUELVE:

Artículo 1º

Inscríbase en el Registro Nacional de Cultos bajo el Nº 4113 a la organización denominada MINISTERIO EVANGELISTICO LA VOLUNTAD DE DIOS PARA LAS NACIONES, con sede central en la calle Azopardo Nº 2339,

Barrio Lomas de Marilo, Localidad de Moreno,

PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Art. 2º

Regístrese la firma del señor Jorge Hugo VILLAFAÑE (M.I. Nº 11.565.622) en su carácter de Presidente, bajo el número 8543 y procédase a extender la documentación correspondiente.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Guillermo R. Oliveri.

Secretaría de Culto CULTO Resolución 138/2009

Inscríbese en el Registro Nacional de Cultos a la Iglesia Evangélica Tabernáculo Bethelehem.

Bs. As., 30/6/2009

VISTO la presentación que por Expediente Nº 37.079/08 del registro de este Ministerio efectúa la entidad IGLESIA EVANGELICA TABERNACULO BETHELEHEM en la que solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cultos, según lo establecido por el artículo 2º de la Ley Nº 21.745, y CONSIDERANDO:

Que el artículo 14 de la CONSTITUCION NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que reglamentan su ejercicio.

Que corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar los reglamentos necesarios para la ejecución de las leyes.

Que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 21.745 y su Decreto Reglamentario Nº 2037/79.

Que del informe producido por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos obrante a fojas 83 de las actuaciones citadas en el Visto resulta que, de los antecedentes debidamente evaluados, la institución requirente ha demostrado su carácter religioso de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Decreto Reglamentario Nº 2037/79.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO RESUELVE:

Artículo 1º

Inscríbase en el Registro Nacional de Cultos bajo el Nº 4114 a la organización denominada IGLESIA EVANGELICA TABERNACULO BETHELEHEM, con sede central en la calle Santa Cruz Nº 257, Villa Rumipal,

Santa Rosa de Calamuchita, PROVINCIA DE CORDOBA.

Art. 2º

Regístrese la firma del señor Juan Carlos PALACIO (M.I. Nº 7.977.207) en su carácter de Presidente, bajo el número 8544 y procédase a extender la documentación correspondiente.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Guillermo R. Oliveri.

Secretaría de Culto CULTO Resolución 139/2009

Inscríbese en el Registro Nacional de Cultos a la Iglesia Evangélica Enviada por Dios una Nueva Pasión.

Bs. As., 30/6/2009

VISTO la presentación que por Expediente Nº 27.573/09 del registro de este Ministerio efectúa la entidad IGLESIA EVANGELICA ENVIADA POR DIOS UNA NUEVA VISION en la que solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cultos, según lo establecido por el artículo 2º de la Ley Nº 21.745, y CONSIDERANDO:

Que el artículo 14 de la CONSTITUCION NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que reglamentan su ejercicio.

Que corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar los reglamentos necesarios para la...

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