Resolución 789/2009
Fecha de publicación | 16 Julio 2009 |
Fecha de disposición | 16 Julio 2009 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31695 |
Que se ha tomado conocimiento de la existencia de una pandemia de gripe H1N1 con efectos en todo el territorio nacional.
Que en vista de tal situación y a fin de preservar la salud del personal del Organismo, como así también la de todas aquellas personas que concurren a las sede de esta Autoridad Regulatoria, tanto en su sede central como en sus Agencias y Delegaciones, se han tomado medidas de higiene sanitaria tendientes prevenir situaciones de contagio.
Que en orden a la pandemia mencionada, por Acordada 21/09 la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha decidido adelantar el comienzo del período de feria judicial oportunamente establecido.
Que en consonancia con las medidas adoptadas por las diferentes jurisdicciones, y con el mismo objetivo de prevenir el riesgo de contagio de la gripe H1N1 y de resguardar, en forma directa, la salud del personal del Organismo y de quienes se presenten en la sede del mismo y de las Agencias y Delegaciones, se ha decidido declarar la feria administrativa desde el día 6 de julio de 2009 hasta el día 17 de julio de 2009.
Que durante ese plazo se establecerán las mismas condiciones indicadas en los artículos 2º y 3º de la Resolución ENRG Nº 241/95, con las salvedades incluídas en la presente.
Que el horario de atención al público será de 11 a 13 hs. y de 15 a 17 hs. de lunes a viernes.
Que el Organismo comunicará en cada caso particular en qué casos se habilitaría la feria dispuesta por la presente.
Que este Organismo es competente para dictar la presente de conformidad a lo dispuesto en el artículo 59, inc. a), b) y h) de la Ley Nº 24.076, Decretos Nº 571/2007, 1646/07, 2138/08 y 616/09.
Por ello,
El INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS RESUELVE:
Establecer en el ámbito del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, la vigencia de feria administrativa desde el día 6 de julio de 2009 hasta el 17 de julio de 2009.
Establecer que dicha feria tendrá los mismos alcances enunciados en los artículos 2º y 3º de la Resolución ENRG Nº 241/95.
Disponer que la Atención al Público se realizará de lunes a viernes de 11 a 13 hs. y de 15 a 17 hs. durante la vigencia de la feria dispuesta por el artículo primero de la presente.
Regístrese, notifíquese a las empresas Transportistas y Distribuidoras de Gas, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL, publíquese y archívese. -- Ing.
ANTONIO LUIS...
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