Resolución 604 - E.

Fecha de disposición21 Noviembre 2016
Fecha de publicación21 Noviembre 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 604 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 04/10/2016

VISTO el Expediente N° 1.709.347/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/8 del Expediente N° 1.721.446/16 (agregado al principal como fojas 95), obra agregado el Acuerdo celebrado, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 235/75, entre el SINDICATO DE LA INDUSTRIA CINEMATOGRÁFICA ARGENTINA, ANIMACION, PUBLICIDAD Y MEDIOS AUDIOVISUALES, la CÁMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA CINEMATOGRÁFICA, la UNION DE LA INDUSTRIA CINEMATOGRÁFICA ASOCIACIÓN CIVIL, y la ASOCIACIÓN GENERAL DE PRODUCTORES CINEMATOGRÁFICA DE LA ARGENTINA, cuya homologación las partes solicitan conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el referido instrumento las partes pactan nuevas condiciones económicas para los trabajadores comprendidos en el citado Convenio Colectivo de Trabajo, con vigencia desde el 1 de abril de 2016, conforme los detalles allí impuestos.

Que los ámbitos de aplicación del acuerdo se corresponden con los surgidos de la Personería Gremial de la entidad sindical de marras, como así con los objetos de las representaciones empleadoras firmantes.

Que las partes han acreditado su personería y las facultades de negociar colectivamente.

Que se ha dado cumplimiento en autos con los recaudos formales exigidos por la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las cláusulas pactadas no contravienen el orden público laboral.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomo la intervención que le compete.

Que corresponde dictar el presente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo, corresponde remitir las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a los fines de evaluar la procedencia de practicar en autos el cálculo de la base promedio de remuneraciones y topes indemnizatorios, conforme lo impuesto por el Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 48/15.

Por ello,

EL SECRETARIO

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO...

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