Resolución 604.

Fecha de disposición03 Diciembre 2015
Fecha de publicación03 Diciembre 2015
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 604/2015

Bs. As., 26/11/2015

VISTO el Expediente N° S05:0074762/2015 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, el Decreto-Ley N° 6.704 del 12 de agosto de 1963, las Resoluciones Nros. 134 del 22 de marzo de 1994 del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, 152 del 27 de marzo de 2006 y 98 del 17 de marzo de 2015, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, la Disposición N° 18 del 4 de diciembre de 2006 de la Dirección Nacional de Protección Vegetal del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 134 del 22 de marzo de 1994 del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL se aprobó el Programa Nacional de Control y Erradicación de Mosca de los Frutos (PROCEM).

Que mediante la Resolución N° 152 del 27 de marzo de 2006 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) se aprobó el Plan de Emergencia Fitosanitaria para las Áreas Libres de Mosca de los Frutos.

Que por la Disposición N° 18 del 4 de diciembre de 2006 de la Dirección Nacional de Protección Vegetal del citado Servicio Nacional, se declaró como Área Libre de la Plaga Mosca de los Frutos de importancia económica (Díptero, Tephritidae) a los valles productivos de la Región Patagónica (Alto Valle del Río Negro y Neuquén, Valle Medio del Río Negro, Valle Inferior del Río Negro, Valle del Río Colorado, Valle de General Conesa, interior de la Meseta Patagónica y Valle Inferior del Río Chubut) en el marco del mencionado Programa Nacional.

Que con fecha 10 de febrero de 2015 se detectó en el área urbana de la localidad de Villa Regina, Provincia de RÍO NEGRO, UN (1) macho de edad mediana de Mosca de los Frutos (Mosca del Mediterráneo - Ceratitis capitata Wied.), implementándose un Plan de Acciones inmediatas de acuerdo a lo establecido en la citada Resolución N° 152/06.

Que con fecha 16 de marzo de 2015 se detectó la presencia de UNA (1) hembra joven no inseminada de la misma especie, en una trampa ubicada dentro de los OCHOCIENTOS METROS (800 m) de radio del primer evento y en un período de tiempo equivalente a DOS (2) ciclos teóricos del insecto, constituyendo una captura reiterada, por lo que mediante la referida Resolución N° 98/15 se declaró la Emergencia Fitosanitaria en dicha localidad.

Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Resoluciones Nros. 152/06 y 98/15, se han aplicado todas las medidas fitosanitarias...

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