Resolución 13/2009

Fecha de la disposición15 de Julio de 2009

Que cabe resaltar que el artículo 22 (MONTO ESTIMADO DE LOS CONTRATOS) del Decreto Nº 436/00 establece en su inciso a) que cuando los contratos no superen el monto de PESOS SETENTA Y CINCO MIL ($ 75.000) se puede imprimir el procedimiento de Contratación Directa.

Que como el monto de la contratación bajo análisis no supera el máximo mencionado en el párrafo anterior (ver. constancias de fs. 146, 147 a 149 y 150 a 151), entendemos que no existe obstáculo para que a esta contratación se le imprima el procedimiento de Contratación Directa.

Que ahora bien, analizado el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES, no surgen observaciones legales que realizar, por lo que se sugiere su aprobación.

Que además corresponde instruir a la GERENCIA DE ADMINISTRACION para que dentro de un plazo razonable, implemente todas las medidas procedimentales establecidas en la normativa aplicable y fije lugar, día y hora en que se realizará el acto de Apertura de Sobres.

Que el Servicio Jurídico Permanente de este Organismo ha tomado la intervención que por derecho corresponde.

Que la presente Resolución se dicta teniendo en cuenta la obligación impuesta a la Administración Pública en el Art. 11 y siguientes del Decreto Nº 1023/01 y Decretos Nº 571/2007, 1646/07; 2138/08 y 616/09.

Por ello EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Convocar a Contratación Directa Nº 40/09 cuyo objeto es la contratación de un servicio de atención de emergencias médicas (área protegida) según antecedentes y PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES obrantes en autos.

ARTICULO 2º

Aprobar el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES y los TERMINOS DE REFERENCIA, que como Anexo integra la presente.

ARTICULO 3º

Instruir a la GERENCIA DE ADMINISTRACION para que dentro de los CINCO (5) días de la presente, implemente todas las medidas procedimentales fijada en la normativa aplicable y fije lugar, día y hora en que se realizará el acto de Apertura de Sobres procedimentales fijada en la normativa aplicable y fije lugar, día y hora en que se realizará el acto de Apertura de Sobres.

ARTICULO 4º

Notifíquese a las Gerencias Intervinientes, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Ing. ANTONIO LUIS PRONSATO, Interventor,

Ente Nacional Regulador del Gas.

NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de...

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