Resolución 602 - E.
Fecha de disposición | 18 Noviembre 2016 |
Fecha de publicación | 18 Noviembre 2016 |
Sección | Convenciones Colectivas de Trabajo |
Resolución 602 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 04/10/2016
VISTO el Expediente Nº 1.675.734/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976), la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que la firma MINERA SANTA CRUZ SOCIEDAD ANÓNIMA y la ASOCIACIÓN OBRERA MINERA ARGENTINA, celebra tres acuerdos directos obrantes a fojas 157/159, del Expediente Nº 1.675.734/15 y fojas 2/4 y 5 del Expediente N° 1.706.276/16, agregado como foja 168 al principal, conforme lo dispuesto por la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2.004).
Que debido a la situación de crisis que se hubiera desarrollado en la empresa MINERA SANTA CRUZ SOCIEDAD ANÓNIMA, las partes procedieron a pactar un programa de retiros voluntarios, como así también incrementos salariales y el pago de sumas fijas no remunerativas, con la finalidad de mantener la paz social.
Que a foja 160 obra la nómina de personal afectado.
Que cabe señalar que el ámbito de aplicación de los referidos instrumentos se corresponde con la actividad de la representación empresaria, signataria, como así con los ámbitos de representación personal y actuación territorial de la Entidad Sindical, emergentes de su Personería Gremial.
Que procede así indicar que se encuentra acreditado en autos la representación invocada por las partes, conforme documentación agregada a autos, como así cumplimentados los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por último, deberá hacérsele saber que de requerir cualquiera de las partes la homologación administrativa en el marco del Artículo 15 de la Ley N° 20.744, es necesario que los trabajadores manifiesten su conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante la Autoridad Administrativa competente.
Que el acuerdo de marras se homologa como acuerdo marco sin perjuicio de los derechos individuales.
Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis de este Ministerio, tomo la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 48/15.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE TRABAJO
RESUELVE:
Decláranse homologados el Acuerdo y nómina de personal afectado, celebrados entre la firma MINERA SANTA CRUZ SOCIEDAD ANÓNIMA y la ASOCIACIÓN OBRERA MINERA ARGENTINA, obrante a fojas 157/159 y 160 del Expediente Nº 1.675.734/15, conforme lo dispuesto por la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2.004).
Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la firma MINERA SANTA CRUZ SOCIEDAD ANÓNIMA y la ASOCIACIÓN OBRERA MINERA ARGENTINA, obrante a fojas 2/4 del Expediente N° 1.706.276/16, agregado como foja 168 al Expediente Nº 1.675.734/15 conforme lo dispuesto por la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2.004).
Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la firma MINERA SANTA CRUZ SOCIEDAD ANÓNIMA y la ASOCIACIÓN OBRERA MINERA ARGENTINA, obrante a foja 5 del Expediente N° 1.706.276/16, agregado como foja 168 al Expediente Nº 1.675.734/15 conforme lo dispuesto por la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2.004).
Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que registre los Acuerdos y nómina del personal afectado, obrantes a fojas 157/159 y 160 del Expediente Nº 1.675.734/15 y fojas 2/4 y 5 del Expediente N° 1.706.276/16, agregado como foja 168 al principal.
Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio de las escalas salariales que por este acto se homologan, de acuerdo a lo...
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