Resolución 6018.

Fecha de disposición30 Agosto 2016
Fecha de publicación30 Agosto 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 6018/2016

Buenos Aires, 14/07/2016

VISTO el Expediente N° 4145/2002 del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1° del Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA el 4 de enero de 2016, se crea como ente autárquico y descentralizado, en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM).

Que la citada normativa, en su artículo 23 establece que el ENACOM se considera legalmente constituido con el nombramiento de su presidente y de los tres primeros directores.

Que con fecha 5 de enero de 2016, se celebró la primera reunión de Directorio del ENACOM, constituida con el quórum suficiente, conforme a la designación de autoridades efectuada por el Decreto N° 7/16.

Que la COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD Y ANEXOS LIMITADA C.E.Y.A.L. - (CUIT 30-54575268-5) solicitó el registro a su nombre de los Servicios de Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional y Telefonía Pública.

Que a través de la Resolución N° 100, de fecha 13 de febrero de 2003, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, se otorgó a la COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD Y ANEXOS LIMITADA --C.E.Y.A.L-- (CUIT 30-54575268-5) Licencia Única de Servicios de Telecomunicaciones y el registro del Servicio de Telefonía Local.

Que posteriormente, mediante Resolución N° 284, de fecha 25 de septiembre de 2008 dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS se le otorgó a la COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD Y ANEXOS LIMITADA --C.E.Y.A.L-- (CUIT 30-54575268-5) el registro del Servicio de Valor Agregado.

Que la Ley N° 27.078 de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones sancionada el 16 de diciembre de 2014, estableció pautas y principios relativos al otorgamiento de una Licencia para la prestación de los servicios de Tecnología de la Información y las Comunicaciones (Servicios de TIC).

Que conforme lo dispuesto en su artículo 92, resulta de aplicación el Reglamento de Licencias de Servicios de Telecomunicaciones aprobado como Anexo I del Decreto N° 764/00, en todo lo que no se oponga a la citada Ley y hasta...

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