Resolución 356/2009

Fecha de publicación13 Julio 2009
Fecha de disposición13 Julio 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30691

SOLICITANTE: HARTMANN'S PLANT COMPANY (USA) REPRESENTANTE LEGALMENTE AUTORIZADO: Daniel GOYTIA INGENIERO AGRONOMO PATROCINANTE: Ing. Agr. Claudia BACHUR FUNDAMENTACION DE NOVEDAD:

El cultivar de ARANDANO de nombre HX, se caracteriza por presentar, entre otras, las siguientes expresiones:

Planta: porte, erecto; ancho de la hoja en completo desarrollo: medio; tamaño de la flor: medio;

pigmentación antociánica del pétalo: medio; tamaño del fruto: medio; intensidad del color verde en el fruto inmaduro: medio; intensidad de la pruína en el fruto: muy fuerte; intensidad del color azul de la piel: medio; dulzura del fruto: fuerte; acidez del fruto: débil; época de brotación: temprana; época de inicio de floración: muy temprana y época de maduración: muy temprana.

(Observaciones efectuadas por el solicitante en la localidad de Earlton, Estado de Florida, EE.UU.).

FECHA DE VERIFICACION DE LA ESTABILIDAD: 1973.

Se recibirán las impugnaciones que se presenten dentro de los TREINTA (30) días de aparecido este aviso.

AUTORIZADA SU PUBLICACION Ing. Agr. MARCELO DANIEL LABARTA, Director de Registro de Variedades, Instituto Nacional de Semillas.

e. 13/07/2009 Nº 58027/09 v. 13/07/2009 MINISTERIO DE PRODUCCION SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS Resolución N° 139/2009

Bs. As., 9/6/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0275516/2007 y su agregado sin acumular Nº S01:0275479/2007 ambos del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que la empresa SEMILLAS BASSO S.A.C.I.A.I.F., solicita la inscripción de las creaciones fitogenéticas de maíz pisingallo BsPL 277 y BsPL 60, en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creado por Ley Nº 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizadoenelámbitodelaSECRETARIADEAGRICULTURA,GANADERIA,PESCAYALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 6º del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por Ley Nº 24.376 y elArtículo 26 del Decreto Nº 2183 de fecha 21 de octubre de 1991, Reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, para el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Comisión Nacional de Semillas, creada por Ley Nº 20.247, en su reunión de fecha 14 de abril de 2009, según Acta Nº 362, ha aconsejado hacer lugar a lo solicitado.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 2817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por Ley Nº 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Ordénase la inscripción...

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