Resolución 60/2020

Fecha de publicación28 Marzo 2020
SecciónResoluciones
EmisorAUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO


Ciudad de Buenos Aires, 25/03/2020

VISTO el EX-2020-18767191- -APN-SG#ACUMAR; la Ley N° 26.168; la Ley N° 2.217 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; la Ley N° 13.642 de la Provincia de Buenos Aires; los Decretos Nº 260/2020 (DECNU-2020-260-APN-PTE) y su modificatorio; Nº 297/2020 (DECNU-2020-297-APN-PTE) y Nº 298/2020 (DECNU-2020-298-APN-PTE); y las normativas dictadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL y los organismos dependientes en virtud de la emergencia sanitaria; y

CONSIDERANDO:

Que a través del DECNU-2020-260-APN-PTE y su modificatorio DECNU-2020-287-APN-PTE), el Presidente de la Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año.

Que en atención a la evolución de la situación epidemiológica, se dictó el DECNU-2020-297-APN-PTE, por el que se estableció con el fin de proteger la salud pública, para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” desde el 20 hasta el 31 de marzo inclusive del corriente año, pudiéndose prorrogar este plazo por el tiempo que se considere necesario en atención a la situación epidemiológica.

Que en dicho marco mediante el DECNU-2020-298-APN-PTE se estableció la suspensión del curso de los plazos, dentro de los procedimientos administrativos regulados por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, por el Reglamento de Procedimientos Administrativos - Decreto 1759/72 - T.O. 2017 y por otros procedimientos especiales, hasta el 31 de marzo de 2020, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan, exceptuando de la suspensión dispuesta a todos los trámites administrativos relativos a la emergencia declarada por la Ley N° 27.541.

Que la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR) fue creada como un ente de derecho público interjurisdiccional, con competencias en el área de la Cuenca Matanza Riachuelo, mediante la Ley Nº 26.168 a la que adhirieron las Legislaturas de los Gobiernos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Provincia de Buenos Aires, por las Leyes N° 2.217 y N° 13.642, respectivamente.

Que la citada Ley de creación establece en su artículo 2º in fine que ACUMAR dictará sus reglamentos de organización interna y de operación.

Que a su vez el artículo 5º de la mencionada norma otorga al organismo...

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