Resolución 6. RESOL-2019-6-APN-SESS#MSYDS
Fecha de disposición | 03 Abril 2019 |
Fecha de publicación | 03 Abril 2019 |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
Sección | Resoluciones |
MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL
SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 6/2019
RESOL-2019-6-APN-SESS#MSYDS
Ciudad de Buenos Aires, 01/04/2019
VISTO el EX 2017-30423291-APN-DGRGAD#MT, las Leyes N° 24.241, N° 24.622, los Decretos N° 433 de fecha 24 de marzo de 1994 sus modificatorios y complementarios, N° 1212 de fecha 19 de mayo de 2003; y
CONSIDERANDO
Que el artículo 1° de la Ley N° 24.622 establece que están obligatoriamente comprendidos en el entonces Sistema Integrado de Jubilaciones Y PENSIONES (SIJP) y sujetos a las disposiciones que sobre afiliación establece la Ley N° 24.241 y sus normas reglamentarias, los jugadores de fútbol, los miembros de los cuerpos médicos, técnicos y auxiliares que atiendan a los planteles futbolísticos exclusivamente de las entidades que practiquen fútbol profesional, en cualquier división y categoría, de los torneos organizados por la Asociación de Fútbol Argentino.
Que asimismo, de acuerdo a la norma arriba citada, se encuentran comprendidos en el entonces SIJP los jurados, árbitros, jueces principales de línea, veedores y comisarios deportivos que participen en partidos de fútbol profesional o amateur y que perciban retribución por el desarrollo de su actividad.
Que los artículos 2° y 4° de la ley mencionada establecen que tales sujetos cotizarán al sistema previsional como trabajadores autónomos, en la categoría que a tales efectos determinen las Secretarías de Seguridad Social y de Ingresos Públicos.
Que el Decreto N° 1212/03 estableció un sistema de ingreso de los aportes y contribuciones a la seguridad social correspondientes al personal dependiente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y de los clubes que militan en las divisiones Primera "A", Nacional "B" y Primera "B" de esa entidad, y a los jugadores de fútbol, cuerpos técnicos, médicos y auxiliares que militen en cualquier categoría de las entidades dedicadas a la práctica de fútbol profesional en las divisiones referidas.
Que por el artículo 4° del decreto citado se estableció la renta de referencia para los jugadores de fútbol, miembros de los cuerpos médicos, técnicos y auxiliares, incluidos en el artículo 1° del mismo, y se...
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