Resolución 6/2019
Fecha de publicación | 28 Mayo 2019 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | CONSEJO FEDERAL PESQUERO |
Buenos Aires, 23/05/2019
VISTO la Ley N° 24.922, la Resolución N° 13, de fecha 6 de septiembre de 2018, del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, y
CONSIDERANDO:
Que por medio de la resolución citada en el Visto se convocó a al presentación de proyectos pesqueros para la explotación de centolla (Lithodes santolla), para las Áreas Central y Sur definidas en la Resolución del CONSEJO FEDERAL PESQUERO N° 12, de fecha 6 de septiembre de 2018, y en el marco de las medidas de ordenamiento y administración de la especie allí establecidas.
Que dicha convocatoria arrojó como resultado la aprobación de los proyectos de la que da cuenta el Acta N° 28 de fecha 11 de octubre de 2018 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, quedando una vacante en cada una de las áreas mencionadas.
Que a fin de cubrir esa vacante resulta conveniente realizar una nueva convocatoria para la presentación de proyectos, con los requisitos previstos en la resolución antecedente
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al CONSEJO FEDERAL PESQUERO en virtud del artículo 26 y de los incisos a), d) y f) del artículo 9º de la Ley Nº 24.922.
Por ello,
EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Presentación de proyectos. Autorízase la presentación de proyectos para la explotación de centolla (Lithodes santolla) mediante buques incorporados, o a incorporar, a la matrícula nacional, por parte de aquellos interesados que cumplan con los requisitos que se establecen en la presente resolución, para las Áreas Central y Sur definidas en la Resolución del CONSEJO FEDERAL PESQUERO N° 12, de fecha 6 de septiembre de 2018, y en el marco de las medidas de ordenamiento y administración de la especie allí establecidas.
ARTÍCULO 2º.- Lugar y fecha para la presentación. La presentación de los proyectos deberá realizarse ante la SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS, en la Mesa de Entradas sita en Av. Paseo Colón Nº 982, Planta Baja, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el plazo de QUINCE (15) días hábiles contados desde la publicación de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- Requisitos de admisión del proyecto. En la presentación de los proyectos mencionados en el artículo 1º de la presente, las empresas interesadas deberán indicar para cuál Área se presenta el proyecto, y cumplir con los requisitos fijados en el artículo 3° de la N° 13, de fecha 6 de septiembre de 2018, del CONSEJO FEDERAL PESQUERO.
La empresa presentante no debe ser titular, ni...
VISTO la Ley N° 24.922, la Resolución N° 13, de fecha 6 de septiembre de 2018, del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, y
CONSIDERANDO:
Que por medio de la resolución citada en el Visto se convocó a al presentación de proyectos pesqueros para la explotación de centolla (Lithodes santolla), para las Áreas Central y Sur definidas en la Resolución del CONSEJO FEDERAL PESQUERO N° 12, de fecha 6 de septiembre de 2018, y en el marco de las medidas de ordenamiento y administración de la especie allí establecidas.
Que dicha convocatoria arrojó como resultado la aprobación de los proyectos de la que da cuenta el Acta N° 28 de fecha 11 de octubre de 2018 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, quedando una vacante en cada una de las áreas mencionadas.
Que a fin de cubrir esa vacante resulta conveniente realizar una nueva convocatoria para la presentación de proyectos, con los requisitos previstos en la resolución antecedente
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al CONSEJO FEDERAL PESQUERO en virtud del artículo 26 y de los incisos a), d) y f) del artículo 9º de la Ley Nº 24.922.
Por ello,
EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Presentación de proyectos. Autorízase la presentación de proyectos para la explotación de centolla (Lithodes santolla) mediante buques incorporados, o a incorporar, a la matrícula nacional, por parte de aquellos interesados que cumplan con los requisitos que se establecen en la presente resolución, para las Áreas Central y Sur definidas en la Resolución del CONSEJO FEDERAL PESQUERO N° 12, de fecha 6 de septiembre de 2018, y en el marco de las medidas de ordenamiento y administración de la especie allí establecidas.
ARTÍCULO 2º.- Lugar y fecha para la presentación. La presentación de los proyectos deberá realizarse ante la SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS, en la Mesa de Entradas sita en Av. Paseo Colón Nº 982, Planta Baja, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el plazo de QUINCE (15) días hábiles contados desde la publicación de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- Requisitos de admisión del proyecto. En la presentación de los proyectos mencionados en el artículo 1º de la presente, las empresas interesadas deberán indicar para cuál Área se presenta el proyecto, y cumplir con los requisitos fijados en el artículo 3° de la N° 13, de fecha 6 de septiembre de 2018, del CONSEJO FEDERAL PESQUERO.
La empresa presentante no debe ser titular, ni...
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