Resolución 595-E.

Fecha de disposición12 Junio 2017
Fecha de publicación12 Junio 2017
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 595-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 08/06/2017

VISTO el Expediente N° EX 2016-04873657-APN-DMED#MC, lo dispuesto en el art. 104 inciso h) de la Ley N° 24.156, y la Resolución SC N° 3084 de fecha 22 de septiembre de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución SC N° 3084/2004 se aprobó el procedimiento al que debían ajustarse los informes de Auditoría producidos por la Unidad de Auditoría Interna.

Que teniendo en cuenta la modificación de la Estructura del Ministerio aprobada por Decisión Administrativa N° 213/16 resulta conveniente actualizar dicho procedimiento de conformidad a la nueva organización ministerial.

Que teniendo en cuenta la actividad que desarrolla la UNIDAD DE AUDITORíA INTERNA (UAI), resulta conveniente establecer un procedimiento tendiente a acordar con cada una de las áreas que componen el Ministerio y con las de los organismos descentralizados de la jurisdicción donde la Unidad de Auditoría Interna del Ministerio de Cultura cumpla las funciones de Auditoría Interna, el tratamiento a impartirse a los informes producidos por dicha Unidad.

Que el mismo permitirá mejorar los mecanismos de aplicación de las normas de control que rigen la materia, lo cual repercutirá en una mejora en la eficiencia y eficacia de toda la organización.

Que en ese orden de ideas, asimismo, se ve la necesidad de establecer un circuito de seguimiento de los informes emanados de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA, lo que permitirá un adecuado control del cumplimiento de las recomendaciones compartidas por el Sr. Ministro.

Que mediante el nuevo texto que se aprueba por la presente medida, se recoge la práctica administrativa desplegada a lo largo de los años por la Unidad de Auditoría Interna.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 101 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Déjase sin efecto la Resolución SC N° 3084...

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