Resolución 127/2009
Fecha de publicación | 30 Junio 2009 |
Fecha de disposición | 30 Junio 2009 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31684 |
Inscríbese en el Registro Nacional de Cultos a la Iglesia Evangélica Pentecostal de Formosa a las Naciones.
Bs. As., 23/6/2009
VISTO la presentación que por Expediente Nº 14.922/09 del registro de este Ministerio efectúa la entidad IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTAL DE FORMOSA A LAS NACIONES en la que solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cultos, según lo establecido por el artículo 2º de la Ley Nº 21.745, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 14 de la CONSTITUCION NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que reglamentan su ejercicio.
Que corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar los reglamentos necesarios para la ejecución de las leyes.
Que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 21.745 y su Decreto Reglamentario Nº 2037/79.
Que del informe producido por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos obrante a fojas 42/44 de las actuaciones citadas en el Visto resulta que, de los antecedentes debidamente evaluados, la institución requirente ha demostrado su carácter religioso de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Decreto Reglamentario Nº 2037/79.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTO RESUELVE:
Inscríbase en el Registro Nacional de Cultos bajo el Nº 4108 a la organización denominada IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTAL DE FORMOSA A LAS NACIONES, con sede central en Casa Nº 13, Manzana 32 del Barrio Illia 1, Ciudad de Formosa, PROVINCIA DE FORMOSA.
Regístrese la firma del señor Pascual Exequiel TOLABA (M.I. Nº 12.054.496) en su carácter de Representante, bajo el número 8538 y procédase a extender la documentación correspondiente.
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Guillermo R. Oliveri.
Secretaría de Culto CULTO Resolución 126/2009
Inscríbese en el Registro Nacional de Cultos a la organización Lectorium Rosicrucianum, Escuela Internacional de la Rosacruz Aurea.
Bs. As., 23/6/2009
VISTO la presentación que por Expediente Nº 13.965/08 del registro de este Ministerio efectúa la entidad LECTORIUM ROSICRUCIANUM, ESCUELA INTERNACIONAL DE LA ROSACRUZ AUREA, en la que solicita su inscripción en el Registro Nacional del Cultos, según lo establecido por el artículo 2º de la Ley Nº 21.745, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 14 de la CONSTITUCION NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que reglamentas su ejercicio.
Que corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar los reglamentos necesarios para la ejecución de las leyes.
Que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 21.745 y su Decreto Reglamentario Nº 2037/79.
Que del informe producido por la...
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