Resolución 324/2009

Fecha de la disposición30 de Junio de 2009
  1. que en noviembre de 2007, el Directorio de la Comisión Nacional de Valores (CNV) prestó conformidad a la propuesta elaborada por la profesión contable, para la adopción de las NIIF como única forma de elaboración de los estados contables de las entidades que hacen oferta pública de sus valores negociables;

  2. que la Mesa Directiva de la FACPCE constituyó una Comisión Especial para elaborar el plan de implementación de las NIIF en las entidades que hacen oferta pública de sus valores negociables;

  3. que el 31 de marzo de 2008, la FACPCE presentó a la CNV un borrador de propuesta para implementar esta decisión, el cual se difundió a partir del 9 de abril de 2008;

  4. que esta Federación, en conjunto con los diferentes grupos de interés en el tema, organizó diversos eventos nacionales e internacionales de difusión y capacitación;

  5. que hasta septiembre de 2008, las diferentes actividades realizadas permitieron conocer la opinión de una gran parte de los interesados en este plan;

  6. que la Comisión Especial creada por la Mesa Directiva de la FACPCE ha actuado intensamente en la preparación del plan de implementación, en la difusión y discusión del mismo y ha captado numerosas opiniones, lo que permitió modificar algunos aspectos del borrador del plan original;

  7. que de resultas de esas modificaciones se elaboró una nueva propuesta de plan de implementación, la que fue presentada a la CNV el 10 de octubre de 2008;

    I) que se realizaron reuniones con el Directorio de CNV para explicar los lineamientos generales del plan;

  8. que el Directorio de CNV ha comunicado su aprobación, en líneas generales, al plan presentado;

  9. que se han realizado reuniones con representantes de la Inspección General de Justicia y con diversas Direcciones Provinciales de Personas Jurídicas, a quienes se ha manifestado la importancia de que otras entidades, que se encuentran bajo su jurisdicción, puedan optar por utilizar las NIIF para la elaboración de los estados a contables, bajo determinadas condiciones;

  10. que, en general, se recibieron opiniones favorables a esa posibilidad de utilización opcional de las NIIF;

  11. que la CENCyA aprobó la propuesta de Proyecto de Resolución Técnica en su reunión del 22 de octubre de 2008;

  12. que la Junta de Gobierno aprobó el Proyecto de Resolución Técnica en su reunión del 28 de noviembre de 2008, estableciendo como período de consulta hasta el 1 de marzo de 2009;

  13. que durante el período de consulta fueron recibidas numerosas opiniones y sugerencias;

  14. que las mismas fueron analizadas por la Comisión Especial, incorporando numerosas de ellas, permitiendo mejorar este pronunciamiento técnico y elevando su propuesta a la CENCYA;

  15. que la CENCyA aprobó el nuevo texto de propuesta de norma técnica en su reunión del 5 de marzo de 2009.

    Por ello:

    LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA FEDERACION ARGENTINA DE CONSEJOS PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONOMICAS Resuelve:

    Resolución Técnica Nº 26 - Normas contables Profesionales: Adopción de las NIIF Z del IASB

ARTICULO 1º

Aprobar la Resolución Técnica Nº 26 'Normas contables profesionales:

Adopción de las Normas internacionales de información financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB)' contenido en la segunda parte de esta Resolución.

ARTICULO 2º

Recomendar a los Consejos Profesionales adheridos a esta Federación:

  1. el tratamiento de esta Resolución Técnica de acuerdo con lo comprometido en el Acta de Catamarca, firmada en la Junta de Gobierno del 27 de septiembre de 2002;

  2. establecer su vigencia y normas de transición de acuerdo con lo indicado en la sección 13 de la segunda parte de esta resolución;

  3. la difusión de esta Resolución Técnica entre sus matriculados y los organismos de control, educativos y empresarios de sus respectivas jurisdicciones.

ARTICULO 3º

Solicitar a la Mesa Directiva y al CECyT de esta Federación realizar todas las acciones comprometidas en el 'Plan de Implementación de las NIIF/IFRS en las empresas que hacen oferta pública de sus valores negociables', presentado oportunamente al Directorio de la CNV.

ARTICULO 4º

Publicar esta Resolución Técnica en la página de Internet de esta Federación y en el Boletín Oficial de la República Argentina, y comunicarla a los Consejos Profesionales, a la Comisión Nacional de Valores, y a los organismos nacionales e, internacionales pertinentes.

ARTICULO 5º

Solicitar su adopción a la Comisión Nacional de Valores, para las entidades bajo su control y con el alcance definido en la segunda parte de esta resolución.

En la Ciudad de San Martín de los Andes (Provincia del Neuquén), a los veinte días de marzo de 2009. -- Dr. JORGE A. PAGANETTI, Presidente. -- Dr. GUILLERMO H. FERNANDEZ,

Secretario.

  1. 30/06/2009 Nº 54370/09 v. 30/06/2009 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Resolución Nº 324/2009

Bs. As., 24/6/2009

VISTO el Expediente Nº 080-004425/1997 del Registro del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y sus agregados sin acumular Expedientes Nº S01:0315025/2005 y Nº S01:0359036/2005 ambos del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y Nº 255.141/2006 del Registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS entidad autárquica en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que la firma LOS NOGALES GANADERA SOCIEDAD ANONIMA fue declarada beneficiaria del Régimen de Promoción No Industrial instaurado por el Artículo 36, último párrafo de la Ley Nº 24.764 y por el Decreto Nº 494 de fecha 30 de mayo de 1997, mediante el Anexo I del...

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