Resolución 202/2009

Fecha de publicación25 Junio 2009
Fecha de disposición25 Junio 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31681

Bs. As., 10/6/2009

VISTO la Resolución de Presidencia Nº 0386/09, y;

CONSIDERANDO Que por la citada Resolución, se aprobó el Reglamento para la Contratación de Bienes, Obras y Servicios de esta H. Cámara de Diputados de la Nación, conforme el Anexo I del mencionado acto resolutivo.

'.

Que no obstante ello, en el

Artículo 1º

Anexo 'A' --Solicitud de Oferta-- respecto del punto 2 del Pliego de Bases y Condiciones Generales, se constató que no fue citado el ítem b) que contempla 'Firmadas en todas sus hojas por el oferente, representante legal o apoderado debidamente acreditado'.

Que asimismo, en el Artículo 15º que conforma el Reglamento para la Contratación de Bienes,

Obras y Servicios de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación (HCDN) en la parte pertinente al 'inciso f' debió decir 'inciso g'.

Que habida cuenta de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente.

Por ello,

'.

ARTICULO 2º

Modificar en la R.P. Nº 0386/09, respecto del Anexo 'A' --Solicitud de Oferta-en la parte pertinente a Pliego de Bases y Condiciones Generales punto 2, donde dice 'a) Redactadas en idioma nacional en procesador de texto y/o a máquina en formularios con membrete de la persona o firma comercial, apoderado debidamente acreditado. c) Enmienda y raspaduras en partes esenciales, debidamente salvadas.' debe decir 'a) Redactadas en idioma nacional e procesador de texto y/o a máquina, en formularios con membrete de la persona firma comercial. b) Firmadas en todas sus hojas por el oferente, representante legal o apoderado debidamente acreditado. c) Enmienda y raspaduras en partes esenciales, debidamente salvadas.'.

ARTICULO 3º

Disponer que en la R.P. Nº 0386/09 en el Artículo 15º que conforma el Reglamento para la Contratación de Bienes, Obras y Servicios de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación (HCDN) en la parte pertinente al 'inciso f' debe decir 'inciso g'.

ARTICULO 4º

Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. -- EDUARDO ALFREDO FELLNER, Presidente, H. Cámara de Diputados de la Nación. -- RICARDO JOSE VAZQUEZ,

Secretario Administrativo, H. Cámara de Diputados de la Nación.

e. 25/06/2009 Nº 52498/09 v. 25/06/2009 MINISTERIO DE PRODUCCION SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Resolución Nº 202/2009

Bs. As., 22/6/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0277682/2008 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que la firma CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL ha solicitado los beneficios establecidos en el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de 'Grandes Proyectos de Inversión' conforme a la Resolución Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, para la importación de bienes que forman parte, exclusivamente, de una línea de producción completa y autónoma.

Que los bienes mencionados en el Anexo que, con NUEVE (9) hojas, forma parte integrante de la presente resolución, están destinados a la ampliación de la planta de procesamiento de cebada cervecera para la elaboración de malta que la empresa posee en la zona industrial de la Localidad Punta Alvear, Departamento de Rosario, Provincia de SANTA FE.

Que la firma CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL en cumplimiento con lo dispuesto en la Resolución Nº 204 de fecha 5 de mayo de 2000 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA ha informado que obtuvo la autorización para importar los bienes bajo el Régimen de Envíos Escalonados mediante las Disposiciones Nros. 393 de fecha 15 de septiembre de 2008 y 79 de fecha 27 de febrero de 2009 ambas de la Dirección Regional Aduanera Rosario dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que la empresa obtuvo el Certificado de Trámite Nº 114 de fecha 6 de octubre de 2008 el cual fue utilizado parcialmente para la importación de los bienes bajo el Régimen mencionado en el párrafo anterior.

Que del análisis efectuado surge, que la línea a importar encuadra dentro de los objetivos fijados por la Resolución Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA modificada por las Resoluciones Nros. 1089 de fecha 28 de diciembre de 2000, 8 de fecha 23 de marzo de 2001 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION, por lo que, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA y de la SUBSECRETARIA DE POLITICAY GESTION COMERCIAL ambas dependientes de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCION se ha determinado procedente la solicitud de la firma CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL, conforme a las disposiciones del Régimen referido.

Que la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR ha intervenido desde el punto de vista técnico en el análisis del proyecto opinando que el mismo responde a lo previsto en la legislación vigente.

Que la mencionada firma declara bajo juramento que no está ingresando al país bienes o componentes de bienes comprendidos dentro del marco de la Ley Nº 24.051 de Residuos Peligrosos y sus modificaciones y de la Ley Nº 24.040 de Compuestos Químicos.

Que conforme lo establecido en el Artículo 11 del Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008, ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente.

Que la presente resolución se dicta conforme a lo previsto por el Artículo 8º de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y el Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008.

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA RESUELVE:

ARTICULO 1º

Considérase sujeta al beneficio establecido por la Resolución Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA modificada por las Resoluciones Nros. 1089 de fecha 28 de diciembre de 2000 y 8 de fecha 23 de marzo de 2001 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION, la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma CARGILL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL, consistente en la ampliación de la planta de procesamiento de cebada cervecera para la elaboración de malta, cuya descripción de bienes se detalla en el Anexo que, con NUEVE (9) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2º

En virtud de lo estipulado en el Artículo 12 de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA se otorga un plazo de UN (1) año a partir de la fecha de esta resolución para la importación de los bienes detallados en el Anexo de la misma.

ARTICULO 3º

El incumplimiento por parte de la beneficiaria de los objetivos establecidos en el proyecto de inversión para la mencionada planta y/o de los límites para importación de repuestos...

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