Resolución 769/2009

EmisorEnte Nacional Regulador del Gas
Fecha de la disposición24 de Junio de 2009

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,

A LAS CASAS, AGENCIAS, OFICINAS Y CORREDORES DE CAMBIO:

Nos dirigimos a Uds. a efectos de comunicarles que se ha dispuesto con vigencia a partir del 29.05.09 inclusive, establecer la conformidad previa para el acceso al mercado local de cambios para la compra de divisas por parte del sector privado no financiero en el marco de lo dispuesto por Comunicación 'A' 3722 y normas complementarias, cuando los fondos comprados estén destinados a la compra en el mercado secundario de títulos y valores emitidos por residentes o representativos de éstos, y dicho destino se concrete en forma directa o indirecta con una liquidación de la compra de los valores dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de acceso al mercado local de cambios.

Las entidades autorizadas a operar en cambios deberán contar con la declaración jurada del cliente en las operaciones enmarcadas en régimen de Comunicación 'A' 3722 y complementarias, que dicho acceso no está comprendido en las condiciones establecidas en el punto precedente.

Saludamos a Uds. muy atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA JORGE L. RODRIGUEZ, Gerente Principal de Exterior y Cambios. -- JUAN I. BASCO, Subgerente General de Operaciones.

e. 24/06/2009 Nº 52654/09 v. 24/06/2009 PRESIDENCIA DE LA NACION SECRETARIA GENERAL Visto la Ley 25.603, artículo 9º, y la Resolución SSG 202/03, se publica la Resolución de Secretaría General de la Presidencia de la Nación SG Nº 546/09 de fecha 4 de junio del 2009, que comprende la Disposición Nº 259/09 (AD CAMP) dictada por la Aduana de Campana.

Destino y Descripción de las mercaderías Cesión sin cargo a favor del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES). Detalle sintético de inventario: 377 (trescientos setenta y siete) unidades de ropa blanca, 499 (cuatrocientos noventa y nueve) pares de calzado, 3017 (tres mil diecisiete) unidades de prendas de vestir, 1773 (mil setecientos setenta y tres) unidades de artículos varios (bandeja, billetera, blister con hebillas, lapiceras, cartera, cepillo, escobilla, sonajero, juguetes, relojes, fajas, alfileres, brocha de afeitar, pañuelos, hilo, cinta aisladora, tijeras, paraguas, mochilas de peluche, baberos, medias).

Acta/Lote/Actuación/Administrativa:24/04/AA08/3701/04,40/04/AA08/5851/04,01/05/ AA08.25/05,26/05/AA08/3473/05,30/05/AA08.3725.05,31/05/AA08.3813.0577/05/ AA08/5237/05,97/05/S.C./147.08,09/06/12574/422/06,33/05/GNA/48/06/12574/920/2005,16/06/G NA/989/06//12574/238/2006,30/06/GNA/12/08/12574/386/2006,46/06/GNA/12574/630/2006,47/06/ GNA/12574/630/2006/1,48/06/GNA/12574/630/2006/2,69/06/GNA/12574/784/2006,1/07/ GNA/64/08/12574/43/2007,2/07/GNA/64/08/12574/43/2007,11/07/GNA/12574/351/2007,12/07/ G N A / 1 4 6 / 0 8 / 1 2 5 7 4 / 3 5 0 / 2 0 0 7 , 3 5 / 0 7 / G N A / 2 9 / 0 8 / 1 2 5 7 4 / 7 8 5 / 2 0 0 7 , 2 9 / 0 7 / G N A / 1 6 2 / 0 8 / 1 2 5 7 4 / 7 0 9 / 2 0 0 7 , 2 / 0 8 / G N A / 1 4 5 / 0 8 / 1 2 5 7 4 / 1 0 9 6 / 2 0 0 8 , 3 / 0 8 / GNA/154/08/12574/1094/2008,5/08/GNA/12574/1618/2008,49/06/GNA/12574/668/2006,42/05/ GNA/060/06/12574/3/2006,21/05/GNA/12574/325/2006,22/05/GNA/12574/209/2006,23/05/ GNA/12574/210/2006,25/05/GNA/12581/212/2006,27/05/GNA/12581/214/2006,26/05/ GNA/12581/213-2006,24/05 GNA/12581-211-2006.

Prof. MARIA INES GRANDOSO, Jefa de Unidad de Enlace Institucional, Secretaría General Presidencia de la Nación.

e. 24/06/2009 Nº 52667/09 v. 24/06/2009 PRESIDENCIA DE LA NACION SECRETARIA GENERAL Visto la Ley 25.603, artículo 9º, y la Resolución SSG 202/03, se publica la Resolución de Secretaría General de la Presidencia de la Nación SG Nº 552/09 de fecha 4 de junio del 2009, que comprende la Resolución Nº 68/08 (DI ADEZ) dictada por la Dirección de la Aduana de Ezeiza.

Destino y Descripción de las mercaderías Cesión sin cargo a favor del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación. Detalle sintético del inventario: 598 (quinientos noventa y ocho) kilogramos de grandas lacrirmógenas antidisturbios. Mare 05073003601-S.

Prof. MARIA INES GRANDOSO, Jefa Unidad de Enlace Institucional, Secretaría General - Presidencia de la Nación.

e. 24/06/2009 Nº 52668/09 v. 24/06/2009 ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Resolución Nº 769/2009

Bs. As., 11/6/2009

VISTO las presentes actuaciones en estado de resolver respecto de las imputaciones infraccionales incoadas contra LITORAL GAS S.A. (LITORAL), CAMUI GAS DEL SUR S.A. (SUR), DISTRIBUIDORA DE GAS CUYANA S.A. (CUYANA),

DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A. (CENTRO), y GAS NATURAL BAN S.A. (BAN) según NOTAS ENRG Nros. 3735, 3731, 3732, 3733, 3734, y 3736/2009, todas las cuales habida cuenta la falta de valoración por parte de las imputadas respecto de los efectos negativos acaecidos en la segmentación de la categoría Usuario Residencial (marco normativo del Dec. Nro. 181/04, RES ENRG Nro. I 409, y pautas regulatorias concordantes); y CONSIDERANDO Que presentaron los descargos de rigor, LITORAL (Act. ENRG Nro. 9544/09), CUYANA (Act.

ENRG Nro. 10069/09), CENTRO (Act. ENRG Nº 9935/09) y BAN (Act. ENRG Nro. 9563/2009) y habida cuenta el vencimiento del plazo acordado al efecto cumple la pertinente evaluación de autos en orden a la etapa resolutiva para decidir acerca de la situación de la totalidad de las imputadas en los procedimientos sancionatorios iniciados.

Que cabe en primer término un análisis de los descargos y la consecuente perspectiva crítica desde la convalidación de la procedencia jurídica de las imputaciones infraccionales enrostradas.

' (la letra cursiva y las comillas...

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