Resolución 59.

EmisorEnte Nacional Regulador del Gas
Fecha de la disposición22 de Mayo de 2018

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 59/2018

Ciudad de Buenos Aires, 18/05/2018

VISTO el Expediente Nº 34.306 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), lo dispuesto por la Ley N° 24.076 y su reglamentación por Decreto N° 1738/92, los modelos de los Reglamentos de Servicio de Transporte y Distribución de gas aprobados por Decreto N° 2255/92, y las Resoluciones ENARGAS N° 716/98, N° I-3833/16, e N° I-4502/17; y CONSIDERANDO:

Que dentro de la órbita de competencia otorgada al ENARGAS, este Organismo se encuentra facultado para tomar las medidas que resulten necesarias para asegurar el abastecimiento interno de gas natural, conforme lo establecido en el inc. c) del Artículo , el Artículo 24° y en el inc. d) del Artículo 52°, todos de la Ley N° 24.076.

Que, en el contexto actual de finalización de la vigencia de la Ley de Emergencia Pública, se ha retornado a la plena aplicación del marco normativo de la Ley Nº 24.076 y a la libre contractualización de las partes.

Que, ello no obsta a la posibilidad de ocurrencia de una emergencia concreta en el sistema gasífero por lo que resulta conveniente instrumentar un Procedimiento Transitorio para la Administración del Despacho en el Comité Ejecutivo de Emergencia (en adelante, "CEE"), de aplicación para el presente período regulatorio invernal, que abarca desde el 1º de mayo al 30 de septiembre del corriente, a los fines de disponer las medidas no limitativas y los criterios a ser adoptados en situaciones de crisis de abastecimiento de la Demanda Prioritaria, según los criterios de razonabilidad...

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