Resolución 105/2009

Fecha de la disposición18 de Junio de 2009

Inscríbese en el Registro Nacional de Cultos a la Iglesia Apostólica bajo la Unción del Espíritu Santo.

Bs. As., 9/6/2009

VISTO la presentación que por Expediente Nº 20.956/08 del registro de este Ministerio efectúa la entidad IGLESIA APOSTOLICA BAJO LA UNCION DEL ESPIRITU SANTO en la que solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cultos, según lo establecido por el artículo 2º de la Ley Nº 21.745, y CONSIDERANDO:

Que el artículo 14 de la CONSTITUCION NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que reglamentan su ejercicio.

Que corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar los reglamentos necesarios para la ejecución de las leyes.

Que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 21.745 y su Decreto Reglamentario Nº 2037/79.

Que del informe producido por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos obrante a fs. 103/104 de las actuaciones citadas en el Visto resulta que, de los antecedentes debidamente evaluados, la institución requirente ha demostrado su carácter religioso de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Decreto Reglamentario Nº 2037/79.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO RESUELVE:

Artículo 1º

Inscríbase en el Registro Nacional de Cultos bajo el Nº 4088 a la organización denominada IGLESIA APOSTOLICA BAJO LA UNCION DEL ESPIRITU SANTO, con sede central en la calle Yourka Nº 340, Ciudad de Río Grande, PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO,

ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.

Art. 2º

Regístrese la firma del señor Gonzalo Roberto VILLAR (M.I. Nº 6.935.013) en su carácter de Presidente, bajo el número 8.518 y procédase a extender la documentación correspondiente.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Guillermo R. Oliveri.

Que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 21.745 y su Decreto Reglamentario Nº 2037/79.

Que del informe producido por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos obrante a fs. 85 de las actuaciones citadas en el Visto resulta que, de los antecedentes debidamente evaluados, la institución requirente ha demostrado su carácter religioso de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º del Decreto Reglamentario Nº 2037/79.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO RESUELVE:

Artículo 1º

Inscríbase en el Registro Nacional de Cultos bajo el Nº 4095 a la organización denominada ASOCIACION IGLESIA CRISTIANA EVANGELICA JESUCRISTO NUESTA UNICA ESPERANZA, con sede central en la calle Agustín Garzón Nº 5777, Barrio Miralta, Ciudad de Córdoba, PROVINCIA DE CORDOBA.

Art. 2º

Regístrese la firma del señor Jorge Ramón DE LA COLINA (M.I. Nº 6.510.937) en su carácter de Presidente, bajo el número 8525 y procédase a extender la documentación correspondiente.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Guillermo R. Oliveri.

Secretaría de Culto CULTO Resolución 104/2009

Inscríbese en el Registro Nacional de Cultos a la Iglesia Evangélica el Ultimo Llamado.

Bs. As., 9/6/2009

VISTO la presentación que por Expediente Nº 32.860/08 del registro de este Ministerio efectúa la entidad IGLESIA EVANGELICA EL ULTIMO LLAMADO en la que solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cultos, según lo establecido por el artículo 2º de la Ley Nº 21.745, y CONSIDERANDO:

Que el artículo 14 de la CONSTITUCION NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que...

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