Resolución 586. RESOL-2018-586-APN-PRES#SENASA

Fecha de publicación12 Septiembre 2018
Fecha de disposición12 Septiembre 2018
SecciónResoluciones

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Resolución 586/2018

RESOL-2018-586-APN-PRES#SENASA

Ciudad de Buenos Aires, 10/09/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-41388738- -APN-DNTYA#SENASA, la Ley N° 27.233, los Decretos Nros. 434 del 1 de marzo de 2016, 1.273 del 19 de diciembre de 2016, 87 del 2 de febrero de 2017 y 891 del 1 de noviembre de 2017, la Resolución General Conjunta N° 4.248 del 23 de mayo de 2018 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS y de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, la Resolución Nº 423 del 22 de septiembre de 2014 del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.233 declara de interés nacional la sanidad de los animales, así como la prevención, el control y la erradicación de las enfermedades y de las plagas que afecten la producción silvoagropecuaria nacional, en tanto que su Artículo 2° declara de orden público las normas nacionales por las cuales se instrumenta o reglamenta el desarrollo de las acciones destinadas a preservar la sanidad animal, siendo este Organismo la autoridad de aplicación y el encargado de planificar, ejecutar y controlar el desarrollo de las acciones previstas en la referida ley.

Que el Artículo 3° de la citada norma establece que será responsabilidad primaria e ineludible de toda persona física o jurídica vinculada a la producción, el velar y responder por su sanidad.

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