Resolución 586/2020

Fecha de publicación26 Junio 2020
SecciónResoluciones
EmisorSUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD


Ciudad de Buenos Aires, 24/06/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2019-03314674-APN-SG#SSS del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD; los Decretos N° 260 del 12 de marzo de 2020 y N° 297 del 19 de marzo de 2020; las Resoluciones Nº 1200 del 21 de septiembre de 2012, Nº 1561 del 30 de noviembre de 2012, Nº 406 del 13 de marzo de 2014, Nº 1048 del 13 de junio de 2014, Nº 400 del 25 de octubre de 2016, Nº 46 del 13 de enero de 2017, N° 99 del 26 de febrero de 2020, N° 233 del 17 de marzo de 2020 y Nº 365 del 18 de abril de 2020, todas del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD y,

CONSIDERANDO:

Que las Resoluciones Nº 1200/12 y sus modificatorias Nº 1561/12, Nº 406/14, Nº 1048/14, Nº 400/16 y Nº 46/17 regulan la administración de los fondos destinados a apoyar financieramente a los Agentes del Seguro a través del SISTEMA ÚNICO DE REINTEGRO (S.U.R.) estableciendo condiciones, plazos y requisitos para el reconocimiento de las prestaciones médicas de baja incidencia y alto impacto económico y las de tratamiento prolongado.

Que en virtud de numerosos planteos y consultas recibidos por parte de los Agentes del Seguro de Salud que daban cuenta de la existencia de solicitudes de apoyo financiero por prestaciones brindadas en el año 2017 reintegrables por el SISTEMA ÚNICO DE REINTEGRO (S.U.R.) que no habían podido ser presentadas ante la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD antes de su fecha de vencimiento operado en el año 2019, por Resolución N° 99/2020 se decidió prorrogar el vencimiento para la presentación de dichas solicitudes hasta el día 31 de mayo de 2020.

Que dicha Resolución N° 99/2020 fue dictada con anterioridad a que la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) con fecha 11 de marzo del año en curso, declarara la pandemia por coronavirus COVID-19 y, en su consecuencia, se adoptaran diversas medidas que se iniciaron con la decisión del Gobierno Nacional que por Decreto N° 260/20 dispuso la ampliación de la emergencia pública que -en materia sanitaria- fuera establecida por la Ley N° 27.541.

Que en ese marco, esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD entendió necesario instrumentar las acciones necesarias para limitar la atención de personas en sus dependencias, resguardando así las condiciones de seguridad e higiene y extremando los recaudos tendientes a minimizar las posibilidades de propagación de esta enfermedad y por lo tanto por Resolución N° 233/2020 dispuso que, a partir del día 17 de marzo y hasta el día 15 de abril de 2020...

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