Resolución 584 - E.

Fecha de disposición06 Octubre 2016
Fecha de publicación06 Octubre 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 584 - E/2016

Buenos Aires, 11/08/2016

VISTO el Expediente N° 1.705.538/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, Ley 23.546 (t.o. 2004) y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/9 del Expediente N° 1.705.538/16, obra el Acuerdo y Anexos celebrado entre la FEDERACIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS TELEFÓNICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (FOETRA) SINDICATO BUENOS AIRES, por el sector gremial y la empresa TELEFÓNICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empresario, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 547/03 "E", conforme lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) de Convenciones Colectivas de Trabajo.

Que en dicho Acuerdo las partes establecen incorporar nuevas especialidades y categorías laborales para el personal conforme lo detallado en el Artículo 5 del mentado acuerdo, y en el Anexo de fojas 8/9.

Que en razón de lo señalado en el párrafo precedente, si bien procede la homologación del acuerdo celebrado, la misma lo será como acuerdo marco de carácter colectivo y sin perjuicio del derecho individual de los trabajadores no siendo factible de homologación el anexo de fojas 8/9 por ser de carácter pluriindividual.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la actividad de la empresa firmante y la representatividad de la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que se han cumplimentado los requisitos de la Ley 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA

DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Declárase homologado el Acuerdo obrante a fojas 2/7 del Expediente N° 1.705.538/16, en los términos establecidos en el párrafo tercero de los considerandos del presente, celebrado entre la FEDERACIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS TELEFÓNICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (FOETRA) SINDICATO BUENOS AIRES, por el sector gremial y la empresa TELEFÓNICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empresario, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 547/03 "E", conforme lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) de Convenciones Colectivas de Trabajo.

ARTÍCULO 2°

Regístrese la presente Resolución en la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/7 del Expediente N° 1.705.538/16.

ARTÍCULO 3°

Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N°: 547/03 "E".

ARTÍCULO 4°

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo y de esta Resolución las partes deberán proceder de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 5° de la Ley 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5°

Comuníquese, publíquese y dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. -- SILVIA JULIA SQUIRE, Subsecretaria, Subsecretaría de Relaciones Laborales.

Expediente N° 1.705.538/16

Buenos Aires, 17 de agosto de 2016

De conformidad con lo ordenado en la...

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