Resolución 584/2015

Fecha de la disposición17 de Marzo de 2015



MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Resolución 584/2015Bs. As., 17/3/2015

VISTO el Expediente N° 5695/11 del Registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que el Rector Organizador de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE JOSÉ CLEMENTE PAZ solicita a este Ministerio la aprobación y publicación de las modificaciones introducidas al Estatuto Provisorio de la Universidad, mediante lo resuelto por la Resolución Rectoral N° 03 de fecha 8 de enero de 2015, que fuera oportunamente aprobado por Resolución Ministerial N° 1418 de fecha 27 de julio de 2011.

Que las reformas consisten en la modificación de la redacción de algunos de los artículos con el fin de darles mayor precisión, así como la supresión de algunos de ellos y un reordenamiento de todo el articulado, introduciéndose nuevas condiciones para acceder a los cargos de gestión y las facultades de quienes los ejerciten, cambiando también la denominación de alguno de ellos, todo lo cual se traduce en un nuevo texto ordenado del Estatuto.

Que del análisis del texto de las reformas introducidas se observa que se han respetado las disposiciones de la Ley N° 24.521, por lo que corresponde ordenar la publicación del nuevo texto ordenado del Estatuto Provisorio de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE JOSE C. PAZ.

Que el organismo con responsabilidad primaria en el tema y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 34 de la Ley N° 24.521.

Por ello,

EL MINISTRO

DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

— Ordenar la publicación del nuevo texto ordenado del Estatuto Provisorio de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE JOSE CLEMENTE PAZ aprobado por Resolución de su Rector Organizador N° 03 de fecha 8 de enero de 2015, presentado para su aprobación y publicación, conforme al texto indicado en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°

— Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Prof. ALBERTO E. SILEONI, Ministro de Educación.

ANEXO

ESTATUTO PROVISORIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE JOSE C. PAZ

TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1
Artículo 1 La Universidad Nacional de José Clemente Paz (“UNPAZ”) es una persona jurídica de carácter público, con autonomía institucional, académica y autarquía económico-financiera, en los términos del artículo 75 inc. 19 de la Constitución Nacional

La UNPAZ se rige por la Constitución Nacional, la Ley de Educación Superior N° 24.521, la Ley N° 26.577 de creación de la UNPAZ, la legislación nacional que le resulte aplicable, el presente Estatuto y las reglamentaciones que en consecuencia se dicten. Su domicilio legal será el de la Sede del Rectorado, sito en la calle Leandro N. Alem 4731, Ciudad de José Clemente Paz, Partido de José Clemente Paz, Provincia de Buenos Aires.

TÍTULO II PRINCIPIOS Y FINES Artículos 2 a 5
Capítulo I - Bases Artículos 2 a 5
Artículo 2 La UNPAZ tiene por misión la enseñanza en educación superior así como la producción y difusión de conocimientos que contribuyan al desarrollo de la región, poniéndose al servicio de la consolidación de un modelo nacional que se orienta a la equidad social y el desarrollo.

La UNPAZ debe priorizar la articulación y cooperación entre los distintos productores del saber, transformar la información en conocimiento y en su tarea hermenéutica y axiológica, atender las demandas sociales, principalmente la exclusión social y todo tipo de discriminación.

Reconoce a la educación superior como un bien público y un derecho social, que resulta fundamental para el desarrollo económico, social y cultural de la región, y para el fortalecimiento del estado de derecho y de los valores democráticos en el conjunto de la sociedad.

La UNPAZ se propone promover el cuidado del ambiente, la equidad, la inclusión y movilidad social ascendente, a través de la ampliación de oportunidades que brinda la educación superior.

Como institución plural, tiene entre sus objetivos articular esfuerzos con gobiernos, organizaciones sociales y culturales, además de organizaciones productivas, teniendo en mira la finalidad de mejorar la calidad de vida de los ciudadanos de la región y el país.

Las funciones sustantivas de la UNPAZ son la docencia, la investigación, la extensión, la transferencia y la producción; procurando la formación de profesionales, el desarrollo científico, el desarrollo tecnológico, la innovación productiva y la promoción de la cultura.

Artículo 3 Además de las funciones básicas de todas la Universidades Nacionales, previstas en el artículo 28 de la Ley de Educación Superior, la UNPAZ tiene como finalidades específicas:
  1. Formar ciudadanos profesionales comprometidos con los valores democráticos y la cultura nacional con capacidades específicas para insertarse profesional y laboralmente con responsabilidad social.

  2. Garantizar la gratuidad de la enseñanza de grado en todas las carreras ofrecidas en su modalidad presencial.

  3. Asegurar la igualdad de oportunidades y posibilidades, desarrollando una apertura plural sin discriminación alguna hacia todos los sectores de la sociedad.

  4. Propender a la articulación con los demás niveles de la enseñanza y con otras Universidades Nacionales, organismos e instituciones en mira al cumplimiento y desarrollo de los objetivos educacionales a cumplir.

  5. Garantizar en todos los ámbitos la más amplia libertad de juicios, criterios y orientaciones filosóficas, políticas y científicas, promoviendo la reflexión crítica del conocimiento.

  6. Desarrollar estudios de posgrado, facilitando a los graduados de la Universidad el acceso a ellos.

  7. Ser instrumento y factor de cambio.

  8. Integrarse, cooperar y articular con las instituciones de educación media de la región, así como crear y administrar establecimientos educacionales de nivel medio.

  9. Servir a las necesidades de la comunidad, desde su lugar de institución académica, aportando conocimiento en las distintas áreas que hacen al desarrollo integral de la misma.

  10. Contribuir con la formación de la cultura nacional y latinoamericana, abierta a los valores del pensamiento universal.

Artículo 4 La UNPAZ se define como una institución abierta a las exigencias de su tiempo y de su medio; dentro del contexto más amplio de la cultura nacional a la que se propone servir y enriquecer con su gestión.
Artículo 5 Para lograr sus objetivos, la UNPAZ se propone:
  1. Desarrollar un sistema con un alto nivel de integración entre la planificación y la implementación de la enseñanza, el aprendizaje, la investigación, la extensión y la producción.

  2. Disponer de su capacidad universitaria para ponerla al servicio de la consolidación de un modelo de desarrollo nacional, en el que se inserta la problemática regional, subrayando la importancia de las cuestiones relativas a la solidaridad social, el empleo y la producción.

  3. Recibir y evaluar las inquietudes y aspiraciones de la población para que a partir de ellas se asuma el análisis de su realidad y logre desarrollar toda la capacidad crítica, reflexiva y creadora en procura de acciones transformadoras.

  4. Aportar al mejoramiento de los sistemas educativos específicos de la región promoviendo la capacitación y el perfeccionamiento de sus recursos humanos.

  5. Disponer de carreras que respondan a las necesidades actuales de su medio y también a los proyectos tendidos hacia un futuro de desarrollo con inclusión social.

  6. Diseñar carreras cortas y títulos con salida laboral y, en general, implementar un régimen curricular que facilite la articulación y complementariedad de los estudios universitarios.

  7. Coadyuvar a la mejora de la enseñanza en los establecimientos educacionales de nivel medio de la región.

  8. Priorizar como criterio rector en materia pedagógica la enseñanza del pensamiento crítico, como instrumento primordial para acompañar el progreso científico y tecnológico y los avances constantes en los diversos campos del conocimiento, la información y las nuevas tecnologías que facilitan y aceleran estos últimos.

  9. Centrar su sistema de enseñanza-aprendizaje en la integración de docentes y alumnos, propendiendo al trabajo grupal, a la construcción del conocimiento colaborativo y al análisis crítico.

  10. Resaltar que los valores que la inspiran se fundan en la solidaridad como sendero en la tarea de formar hombres y mujeres íntegros que, como personas y ciudadanos, sean portadores de los más altos ideales que plantea el humanismo y sean capaces de poner sus conocimientos al servicio de la democracia y el crecimiento de la humanidad.

  11. Mantener una vinculación permanente con la totalidad del sistema educativo, con los gobiernos nacional y...

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