Resolución 581. RESOL-2018-581-APN-SGS#MSYDS

Fecha de disposición27 Noviembre 2018
Fecha de publicación27 Noviembre 2018
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL

SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD

Resolución 581/2018

RESOL-2018-581-APN-SGS#MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 23/11/2018

VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2018-49662563-APN-DERA#ANMAT; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 25.630 de prevención de las anemias y las malformaciones del tubo neural, impone a quienes elaboran productos alimenticios la obligación de utilizar harina adicionada con hierro, ácido fólico, tiamina, riboflavina y niacina.

Que el Decreto Nº 597/03, reglamentario de la Ley Nº 25.630, prevé el otorgamiento de excepciones a quienes demuestren resultados negativos mediante exámenes de factibilidad, estabilidad y lapsos de aptitud.

Que la firma "PEREZ IGHAL DAVID", RNE: 00306135, ha solicitado la excepción para que el producto: "Pan Ázimo Integral (Shmura Matzo Hand)" \u2013 marca EM HACHITA - con registro en trámite según expediente nº 1-0047-2110-007931-18-0 pueda ser elaborado con harina sin enriquecer de acuerdo a la Ley Nº 25.630 y su Decreto Reglamentario Nº 597/03.

Que la Comisión de Asesoramiento, creada por el artículo 2º del Decreto Nº 597/2003, reglamentario de la Ley Nº 25.630, ha merituado los argumentos expuestos por el recurrente y ha emitido el informe de su competencia, informando que sugiere dar lugar a la solicitud teniendo en cuenta que los productos Kosher están destinados a satisfacer necesidades particulares de alimentación de determinado grupo poblacional y por tratarse de un producción de diferentes alimentos elaborados bajo preceptos religiosos exclusivamente para la comunidad judía.

Que la Ley N° 25.630 en su artículo 2º establece que el ex MINISTERIO DE SALUD, a través del INSTITUTO NACIONAL DE ALIMENTOS, será el Organismo de control del cumplimiento de la ley.

Que del artículo 7º de dicha ley surge que su aplicación será función del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, ejerciéndola por sí o en colaboración con otros organismos nacionales, provinciales y municipales, organizaciones no gubernamentales e instituciones internacionales.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de lo dispuesto por la Ley 25.630 y su...

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