Resolución 579/2021

Fecha de publicación17 Septiembre 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA


Ciudad de Buenos Aires, 15/09/2021

Visto el expediente EX-2021-17638031-APN-DGDA#MEC, la ley 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2021, los decretos 2098 del 3 de diciembre de 2008, 355 del 22 de mayo de 2017 y 50 del 19 de diciembre de 2019, la decisión administrativa 1314 del 22 de julio de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que en el decreto 355 del 22 de mayo de 2017 se establece, entre otros aspectos, que serán competentes para disponer asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas jurisdicciones, las/los Ministras/os, las/los Secretarias/os de la Presidencia de la Nación y las/los Secretarias/os de Gobierno.

Que a través del decreto 50 del 19 de diciembre de 2019 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al Ministerio de Economía.

Que mediante la decisión administrativa 1314 del 22 de julio de 2020, se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del Ministerio de Economía, con excepción de la correspondiente a la Secretaría de Finanzas.

Que en esta instancia, corresponde asignar a Silvana Antonieta Molinaro (MI N° 21.708.210), las funciones de Coordinadora Área de Activos Financieros y Pasivos de la Dirección de Procesamiento Contable de la Contaduría General de la Nación de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, con carácter transitorio, situación que se encuentra comprendida en el Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado mediante el decreto 2098 del 3 de diciembre de 2008, y en los apartados I, II y III del inciso a del artículo 15 del anexo I al decreto 1421 del 8 de agosto de 2002, reglamentario de la ley 25.164.

Que ha tomado intervención el área competente de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se...

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