Resolución 3/2009

Fecha de la disposición26 de Mayo de 2009

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 86 del Régimen Nacional de Trabajo Agrario, aprobado por la Ley 22.248, y el Decreto Reglamentario Nº 563 del 18 de julio de 1980 y sus modificatorios.

Por ello,

LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO RESUELVE:

Artículo 1º

Créanse los movimientos para el personal ocupado en tareas de MANIPULACION Y ALMACENAMIENTO DE GRANOS, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 4, Provincia de SANTA FE, en las condiciones que se consignan a continuación:

$ 33,60.- por unidad Art. 2º -- Incorpórense con carácter permanente y en el orden establecido, los movimientos y remuneraciones mínimas consignados en el artículo precedente, a la tabla general de remuneraciones mínimas para la actividad de MANIPULACION y ALMACENAMIENTO DE GRANOS, en el ámbito de la Provincia de SANTA FE (C.A.R. Nº 4) determinada por la Resolución C.N.T.A. Nº 1 de fecha 5 de enero de 2009.

Art. 3º

Las remuneraciones resultantes de la aplicación de la presente, serán objeto de los aportes y contribuciones previstos por las leyes vigentes, y por las retenciones por cuotas sindicales ordinarias.

Art. 4º

Cuando el contrato de trabajo contemple la provisión de comida por parte del empleador, este deberá abonar al trabajador TREINTA Y TRES PESOS CON SESENTA CENTAVOS ($ 33,60.-) diarios por dicho concepto.

Art. 5º

Las tareas realizadas fuera de los horarios normales sufrirán los recargos porcentuales que correspondan --CINCUENTA POR CIENTO (50%) o CIEN POR CIENTO (100%)--, conforme lo establecido por el Régimen de Jornada Laboral para los trabajadores del Régimen Nacional de Trabajo Agrario (Ley 22.248), aprobado por la Resolución C.N.T.A. Nº 71 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Art. 6º

Los traslados del trabajador que deban realizarse en ocasión de la relación laboral son a cargo del empleador.

Art. 7º

La presente Resolución tendrá vigencia a partir del 1º de abril de 2009.

Art. 8º

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. -- Alvaro D. Ruiz. -- Alejandro Senyk. -- Alfredo Megna. -- Mario Burgueño Hoesse. -- Miguel A. Giraudo. -- Ricardo Grimau. -- Jorge Herrera.

Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable CONTAMINACION AMBIENTAL Resolución 3/2009

Establécense los usos y los objetivos de calidad en el mediano a largo plazo...

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