Resolución 578-E.

Fecha de disposición26 Julio 2017
Fecha de publicación26 Julio 2017
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 578-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 18/05/2017

Visto el Expediente N° 1.725.689/16 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 22/24 del Expediente N° 1.725.689/16 obran el Acuerdo y Anexo celebrado entre la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa ALUAR ALUMINIO ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las partes procedieron a pactar nuevas condiciones laborales, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 260/75 conforme a los términos y lineamientos allí expuestos.

Que dicho acuerdo fue ratificado por las precitadas partes a fs. 20/21 de autos.

Que respecto a lo pactado en el Artículo segundo del acuerdo de referencia téngase presente lo establecido en la Ley N° 26.341.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la...

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