Resolución 356/2009
Fecha de publicación | 18 Mayo 2009 |
Fecha de disposición | 18 Mayo 2009 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31655 |
instrumentation | Resoluciones |
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, se estima pertinente dar curso favorable a la petición incoada.
Que la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo y la Dirección General de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención en orden a su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones contempladas en el artículo 10 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:
Extiéndase a las provincias de CORRIENTES, MISIONES, LA RIOJA, SANTIAGO DEL ESTERO, SAN LUIS, LA PAMPA, CATAMARCA, JUJUY, ENTRE RIOS Y FORMOSA, la obligatoriedad del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 428/05 en relación con las condiciones de trabajo y demás cláusulas normativas del plexo convencional.
Se deja constancia que quedan excluidas de la medida las cuestiones de índole salarial, las que serán determinadas de acuerdo a lo previsto en los considerandos de la presente resolución.
Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos proceda a su registro.
Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
Gírese al Departamento Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes interesadas. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.
Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito antes mencionada, las partes interesadas deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Expediente Nº 1.125.211/05
Buenos Aires, 6 de mayo de 2009
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION MTEySS Nº 356/09 se ha tomado razón de la extensión a las provincias de Corrientes, Misiones, La Rioja, Santiago del Estero, San Luis, La Pampa, Catamarca, Jujuy, Entre Ríos y Formosa de la obligatoriedad del CCT Nº 428/05, quedando registrado con el Nº 417/09. -- VALERIA A.VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto.
Coordinación - D.N.R.T.
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y...
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