Resolución 222/2009

Fecha de la disposición15 de Mayo de 2009

Que la nombrada COMISION EVALUADORA estimó asimismo que debería rechazarse la impugnación de la firma ARSONI S.A. en cuanto a la carga de balances de cierre de ejercicio 2006 y 2007 en el SISTEMA DE INFORMACION DE PROVEEDORES: no obstante le asiste razón respecto de la vigencia de las autoridades designadas en ocasión de la apertura de ofertas.

Que dicho dictamen fue notificado a los oferentes interesados.

Que las firmas ARSONI S.A. y SERVICIOS COMPLEJOS HOSPITALARIOS S.R.L. dedujeron impugnaciones asimismo contra el último dictamen de evaluación.

Que la firma ARSONI S.A. esgrimió la oportuna carea de los balances de cierre de ejercicio 2006 y 2007 en el SISTEMA DE INFORMACION DE PROVEEDORES.

Que la firma SERVICIOS COMPLEJOS HOSPITALARIOS S.R.L. sostuvo entre otras consideraciones que el requerimiento a su respecto de la presentación de certificado de habilitación de la empresa misma torna al procedimiento palmariamente desigual y arbitrario.

Que la COMISION EVALUADORA DE OFERTAS ratificó en todos sus términos su opinión anterior y consideró que no se aportaron nuevos fundamentos que alcancen a conmover la misma.

Que dicho dictamen fue notificado a los oferentes interesados.

Que de acuerdo con el artículo 82 del Anexo al Decreto Nº 436/00 si se hubieren formulado impugnaciones contra el dictamen de evaluación de las ofertas, éstas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación.

Que el canon que percibirá la SUPERINTENDENCIA DE BIENESTAR de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA por ambas concesiones en el plazo de CUATRO (4) años de duración del contrato, en ningún caso podrá ser inferior a la suma de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTAY NUEVE MIL CIENTO VEINTE ($ 1.689.120), sin perjuicio de los reajustes mensuales que se establezcan incrementando la misma conforme al procedimiento establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que han tomado la intervención de su competencia las DIRECCIONES GENERALES DE ASUNTOS JURIDICOS de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA y de este Ministerio.

Que la presente se dicta en uso de Ias facultades conferidas por el Decreto Nº 1344/07.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA, SEGURIDAD y DERECHOS HUMANOS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Apruébase el procedimiento de Licitación Pública Nacional Nº 03/08 sustanciado por la POLICIA FEDERAL ARGENTINA mediante Expediente Nº S02:0001947/2007, con el objeto de otorgar en concesión DOS (2) espacios existentes en el Complejo Médico 'CHURRUCA-VISCA' para la explotación independiente de los servicios de restaurante, confitería y bar, para consumo por parte del personal del Hospital, afiliados y visitantes, por un plazo de CUATRO (4) años con opción a prórroga por DOCE (12) meses.

ARTICULO 2º

Adjudícase a la firma FRIEND'S FOOD S.R.L. el Renglón Nº 1 por un canon que en ningún caso podrá ser inferior a la suma de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS VEINTE ($ 892.320), sin perjuicio de los reajustes mensuales que se establezcan incrementando el mismo conforme el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, por ser su oferta conveniente y ajustarse a lo solicitado, y a la firma HISPAN S.A. el Renglón Nº 2 por un canon que en ningún caso podrá ser inferior a la suma de PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS ($ 796.800), sin perjuicio de los reajustes mensuales que se establezcan incrementando el mismo conforme el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, por ser su oferta conveniente y ajustarse a lo solicitado.

ARTICULO 3º

Desestímanse las ofertas presentadas por las firmas ARSONI S.A., SERVICIOS COMPLEJOS HOSPITALARIOS S.R.L., FONTAINBLEAU S.A. y COCIÑA DE ARTE S.A. en función del artículo 141 del Anexo al Decreto Nº 436/00, por haber cumplimentado en forma parcial la requisitoria cursada.

ARTICULO 4º

Recházase la impugnación formulada por la firma ARSONI S.A.

ARTICULO 5º

Recházase la impugnación formulada por la firma SERVICIOS COMPLEJOS HOSPITALARIOS S.R.L.

ARTICULO6º--DelégaselafirmadelasórdenesdecompraenelJefedelaSUPERINTENDENCIA DE BIENESTAR de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA.

ARTICULO 7º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dr. ANIBAL D. FERNANDEZ, Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.

e. 15/05/2009 Nº 40648/09 v. 15/05/2009 MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS Resolución Nº 1471/2009

Bs. As., 8/5/2009

VISTO el Expediente Nº 04369/08 del registro de la DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, los Decretos Nros. 436 del 30 de mayo de 2000, 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1344 del 4 de octubre de 2007, y CONSIDERANDO:

Que el Expediente citado en el Visto fue iniciado con el objeto de adquirir dos autobombas livianas uso bomberil totalmente equipadas, equipos de bomberos y de respiración autónoma, con destino al COMPLEJO PENITENCIARIO FEDERAL Nº I - EZEIZA y al COMPLEJO PENITENCIARIO FEDERAL Nº II - MARCOS PAZ.

QueconmotivodelograrlosolicitadolaDIRECCIONNACIONALDELSERVICIOPENITENCIARIO FEDERAL convocó la Licitación Pública Nº 018/2008, autorizada por Resolución M.J.S.y D.H.Nº 3482 de fecha 18 de noviembre de 2008.

Que asimismo la mencionada Resolución aprobó el Pliego de...

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