Resolución 576 - E.

Fecha de disposición06 Octubre 2016
Fecha de publicación06 Octubre 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 576 - E/2016

Buenos Aires, 11/08/2016

VISTO el Expediente Nº 1.704.015/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 7 obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACIÓN FILIAL BUENOS AIRES, por la parte sindical y la empresa MONDELEZ ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empresarial, ratificado a fojas 8 por medio del Acta que lo integra, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de dicho Acuerdo las partes han convenido disponer de la actualización de los valores correspondientes a "Incentivo deposito" e "Incentivo Supervisores Deposito", conforme surge del texto convencional traído a marras.

Que el Acuerdo se efectúa en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 244/94.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la empresa signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos.

Que una vez dictado el presente acto administrativo, se remitirán las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de base promedio y tope indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo prescrito en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA

DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Declarase homologado el Acuerdo, celebrado entre el SINDICATO TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACIÓN FILIAL BUENOS AIRES, por la parte sindical...

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