Resolución 576/2022

Fecha de publicación14 Noviembre 2022
SecciónResoluciones
EmisorENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD


Ciudad de Buenos Aires, 09/11/2022

VISTO los Expedientes Nº EX-2022-101459143- -APN-SD#ENRE y N° EX-2022-109245456 -APN-SD#ENRE, las Leyes Nº 24.065 y Nº 27.541 y los Decretos Nº 1398 de fecha 6 de agosto de 1992, Nº 1020 de fecha 16 de diciembre de 2020 y Nº 260 de fecha 12 de marzo de 2020, sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL (PEN), mediante el artículo 1 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) Nº 1020 de fecha 16 de diciembre de 2020, determinó el inicio de la renegociación de la Revisión Tarifaria Integral (RTI) vigente, correspondiente a las prestadoras de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica que están bajo jurisdicción federal, en virtud de lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública.

Que el artículo 5 de la citada ley facultó al PEN a iniciar un proceso de renegociación de la RTI vigente o iniciar una revisión de carácter extraordinario, en los términos de la Ley Nº 24.065 del Marco Regulatorio Eléctrico y sus demás normas concordantes.

Que el artículo 3 del Decreto Nº 1020/2020 encomendó a este ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), en los términos de su artículo 1, a realizar el proceso de renegociación de las revisiones tarifarias, considerándose necesaria la reestructuración tarifaria determinada en la Ley Nº 27.541, como así también por los artículos 4 y 6 se determinaron las funciones y facultades del ente para llevar a cabo el proceso de renegociación.

Que, por Resolución ENRE Nº 16 de fecha 19 de enero de 2021, se dio inicio al procedimiento de adecuación transitoria de las tarifas del servicio público de distribución, con el objetivo de establecer un Régimen Tarifario de Transición hasta tanto se arribe a un Acuerdo Definitivo de Renegociación y se convocó a la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) y la EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESUR S.A.) a participar del mismo de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto N° 1.020 de fecha 16 de diciembre de 2020.

Que, frente a lo expuesto y toda vez que no se ha arribado a un acuerdo, corresponde convocar a las empresas concesionarias de distribución a realizar sus propuestas tendientes a obtener una adecuación transitoria de tarifas, ello dentro del proceso de renegociación de la RTI y con carácter previo a definir las tarifas a aplicar por las concesionarias, con el objeto de ser puesto a consideración de la ciudadanía en el marco de la audiencia pública que por este acto se convoca.

Que el artículo 8 del citado Decreto Nº 1020/2020 determinó la aplicación de mecanismos que posibiliten la participación ciudadana, contemplando las previsiones del “Reglamento General de Audiencias Públicas para al Poder Ejecutivo Nacional” aprobado por el Decreto Nº 1172 de fecha 3 de diciembre de 2003 o bien el régimen propio de participación que el ENRE disponga conforme a su normativa.

Que, en concordancia con lo dispuesto en el artículo precitado, mediante el artículo 2 de la Resolución ENRE Nº 16/2021 se estableció que el ENRE facilitará la realización de diversas instancias de participación ciudadana, convocando para ello a las personas usuarias, a las asociaciones de defensa del consumidor y a todos aquellos interesados, a fin de ser informadas de las distintas etapas del mencionado procedimiento, garantizando su publicidad y el derecho de acceso a la información.

Que la participación de las personas usuarias con carácter previo a la determinación del Régimen...

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