Resolución 237/2009

Fecha de publicación07 Mayo 2009
Fecha de disposición07 Mayo 2009
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31648

Apruébase un contrato en el marco del Decreto Nº 1421/02.

Bs. As., 4/5/2009

VISTO las Leyes Nros. 24.629 y 25.164, los Decretos Nº 1615 del 23 de diciembre de 1996, Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, Nº 577 del 7 de agosto de 2003, Nº 149 del 22 de febrero de 2007,

Nº 1547 del 6 de noviembre de 2007 y Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y lo solicitado por la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE SALUD, y CONSIDERANDO:

Que por medio del artículo 5º de la Ley Nº 24.629 se determinó que los contratos de locación de servicios que resulten indispensables para la cobertura de servicios esenciales, incluidos los de los entes descentralizados, deberán tener respaldo presupuestario y ser autorizados por Decreto del PODER EJECUTIVO NACIONAL, por Decisión Administrativa o Resolución del ente descentralizado, en la que constarán detalladamente los fundamentos de las contrataciones, sus respectivos montos y las obligaciones que generen.

Que el Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional establece en su artículo 9º del Anexo I el régimen de contratación para la cobertura de actividades de carácter transitorio y por tiempo determinado referidas a la prestación de servicios.

Que a fin de asegurar el normal funcionamiento del organismo resulta necesario proceder a la contratación de una persona para desempeñarse en la Secretaría Privada de la Unidad Superintendencia de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE SALUD.

Que a través del Decreto Nº 2098/08 se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), estableciéndose los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel D, la exigencia de título universitario o terciario de carrera de duración no inferior a DOS (2) años, correspondiente a la función o puesto a desarrollar.

Que a fin de posibilitar la contratación de la señora Agustina Nerea CUETO (DNI Nº 34.339.632) corresponde exceptuar a la misma de las restricciones contenidas en el inciso c), punto II, del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo establecido por el artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Dase por autorizada la excepción a la señora Agustina Nerea CUETO (DNI Nº 34.339.632) de las restricciones contenidas en el inciso c), punto II, del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al solo efecto de posibilitar su contratación, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Anexo I, que integra la presente medida.

Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Sergio T. Massa. -- María G. Ocaña.

ANEXO I APELL.Y NOM. Nº DOC.

NIVEL FUNCION GRADO RANGO VIGENCIA RETRIBUCION MENSUAL RETRIBUCION TOTAL CUETO, Agustina Nerea 34.339.632 D 0 01/01/2009 - 31/12/2009 2.235,50 27.013,25 ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA Decisión Administrativa 214/2009

Danse por aprobadas contrataciones.

Bs. As., 4/5/2009

VISTO el Expediente Nº 1-47-20456/08-4 del registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA --ANMAT-- organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD y los Decretos Nº 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001 y sus modificatorios, Nº 577 del 7 de agosto de 2003 y Nº 149 del 22 de febrero de 2007, y CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones mencionadas en el Visto tramita la propuesta formulada por la citada Administración Nacional para contratar bajo la modalidad de locación de servicios, a las personas nominadas en la planilla que como Anexo I se incorpora al presente acto administrativo.

Que por el Decreto Nº 577/03, modificado por su similar Nº 149/07, se estableció que toda contratación encuadrada en las prescripciones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100.-).

Que las personas comprendidas en la presente medida han dado cumplimiento a los requerimientos establecidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente para atender el gasto que demanda la contratación de las personas comprendidas en el Anexo I de la presente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, el Decreto Nº 577/03, modificado por su similar Nº 149/07.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

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