Resolución 1920/2008

Fecha de la disposición 7 de Mayo de 2009

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 1920/2008

Tope Nº 534/2008

Bs. As., 12/12/2008

VISTO el Expediente Nº 1.253.183/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Resoluciones de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 939 de fecha 22 de agosto de 2007, Nº 1094 del 25 de septiembre de 2007, Nº 615 de fecha 26 de mayo de 2008, Nº 942 del 4 de agosto de 2008,

Nº 1210 del 8 de septiembre de 2008 y Nº 1546 de fecha 22 de octubre de 2008, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 20/21 del Expediente Nº 1.253.183/07, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES y la empresa METROGAS SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Convenio Colectivo homologado por Resolución S.T.

Nº 1546/08 y registrado bajo el Nº 996/08 'E', conforme surge de fojas 61/63 y 66, respectivamente.

Que el Convenio Colectivo Nº 996/08 'E' renovó el Convenio Colectivo Nº 544/03 'E' con vigencia a partir del 1 de marzo de 2007 y hasta el 28 de febrero de 2009.

Que mediante la Resolución S.T. Nº 1094/07 se fijó el importe promedio de las remuneraciones y tope indemnizatorio correspondiente aI acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES y la empresa METROGAS SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto por el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias con vigencias 1/06/2007, 1/10/2007 y 1/12/2007.

Que el referido acuerdo fue celebrado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 544/03 'E' homologado oportunamente por Resolución S.T. Nº 939/07 y registrado bajo el Nº 1043/07.

Que las escalas salariales y vigencias del Convenio Colectivo 996/08 'E' son idénticas a las del Acuerdo Nº 1043/07 cuyo Tope Indemnizatorio fijó la Resolución S.T. Nº 1094/07.

Que mediante la Resolución S.T. Nº 1210/08 se fijó el importe promedio de las remuneraciones y tope indemnizatorio correspondiente a los acuerdos celebrados entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES y la empresa METROGAS SOCIEDAD ANONIMA, con vigencias 1/04/2008, 1/06/2008, 1/08/2008, 1/10/2008, 1/11/2008 y 1/12/2008, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 544/03 'E', homologados por Resoluciones...

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