Resolución 322/2009

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición30 de Abril de 2009

ASOCIACIONES SINDICALES MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEOY SEGURIDAD SOCIAL Resolución Nº 311/2009

Inscríbese en el Registro de Asociaciones Sindicales a la Organización del Personal de Supervisores yTécnicosTelefónicos del Noroeste Argentino.

Bs. As., 20/4/2009

VISTO el expediente Nº 629.910/06 del Registro de la DELEGACION REGIONAL TUCUMAN del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEOY SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, sus modificatorias por Ley Nº 25.674 y Ley Nº 26.390, Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03; y CONSIDERANDO:

Que la ORGANIZACION DEL PERSONAL DE SUPERVISORESYTECNICOSTELEFONICOS DEL NOROESTE ARGENTINO (O.P.S.T.T.NOA), con domicilio en Matienzo 215, San Miguel de Tucumán,

Provincia de TUCUMAN, solicita su Inscripción Gremial.

Que conforme lo prescribe el artículo 14 Bis de la CONSTITUCION NACIONAL, es competencia de este Ministerio proceder a la inscripción de las entidades sindicales en el registro pertinente.

Que de las constancias de las actuaciones surge que la entidad de que se trata ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley Nº 23.551, encontrándose acreditados los requisitos de nombre, domicilio, patrimonio, antecedentes fundacionales, lista de adherentes, nómina y nacionalidad de los miembros del órgano directivo y agregado el estatuto.

Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad, que sobre la carta orgánica, ordena el artículo 7 del Decreto Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988, no mereciendo objeciones, no obstante lo cual prevalecerá de pleno derecho la Ley Nº 23.551 y su reglamentación sobre las normas estatutarias, en cuanto pudieran oponerse.

Que se deja constancia que la peticionante ha cumplido con las pautas ordenadas por la Ley Nº 25.674 y su Decreto Reglamentario Nº 514 de fecha 7 de marzo de 2003.

Que sin perjuicio de lo expuesto, rige de pleno derecho el límite de edad de afiliación, conforme surge de la modificación del artículo 13 de la Ley 23.551 por el artículo 21 de la Ley 26.390, con el alcance determinado por esta norma.

Que el reconocimiento de la vocación de representar de la entidad cuya inscripción se solicita, no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la personería gremial, será evaluada de acuerdo a los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

Que consecuentemente, corresponde disponer la Inscripción Gremial de la entidad peticionante y la publicación respectiva en el Boletín Oficial.

Que al acceder a la personería jurídica a través de la Inscripción, dado que las actuales autoridades de su cuerpo directivo son fundacionales, corresponde regularizar la situación institucional, a cuyo efecto deberá llamar a elecciones, con carácter previo a toda petición ante esta Autoridad, conforme el procedimiento establecido en el Estatuto que se aprueba.

Que la presente Resolución se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23, inciso 7º, de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEOY SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:

ARTICULO 1º

Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales a la ORGANIZACION DEL PERSONAL DE SUPERVISORES Y TECNICOS TELEFONICOS DEL NOROESTE ARGENTINO (O.P.S.T.T.NOA.), con domicilio en Matienzo 215, San Miguel de Tucumán, Provincia de TUCUMAN, con carácter de Asociación Gremial de primer grado, para agrupar al personal de supervisión y técnicos que ejerzan funciones de mandos medios o con personal a cargo, y que presten servicios bajo relación de dependencia en empresas cuya actividad tenga por objeto mantener y brindar servicios telefónicos y/o internet y/o banda ancha y/o televisión por cable y/o por satélite.También agrupará a los jubilados que al momento de obtener el beneficio previsional se encontraban afiliados a la entidad; con zona de actuación en el Noroeste Argentino (JUJUY, SALTA, TUCUMAN, SANTIAGO DEL ESTERO, CATAMARCA y LA RIOJA).

ARTICULO 2º

Apruébase el texto del estatuto de la citada entidad obrante a fojas 6/71 del Expediente Nº 1.279.303/08 glosado como fojas 248 del Expediente Nº 629.910/06, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial. Ello sin perjuicio de los recaudos que puedan exigirse a la entidad al momento de solicitar la personería gremial, cuestión ésta que deberá sustanciarse de conformidad con lo regulado por los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

ARTICULO 3º

Establécese que a los fines de la publicación referida en el artículo anterior, dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de esta Resolución, la entidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sintetizada conforme a lo previsto en la Resolución Nº 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEOY SEGURIDAD SOCIAL, bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.

ARTICULO4º--Intímaseaque,concarácterprevioatodapetición,regularicelasituacióninstitucional y convoque a elecciones de la Comisión Directiva bajo apercibimiento de lo establecido por el artículo 56, inciso 4), de la Ley Nº 23.551.

ARTICULO 5º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dr. CARLOS A.TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEOY SEGURIDAD SOCIAL Resolución Nº 312/2009

Apruébase la modificación parcial del texto del Estatuto Social del Centro de Empleados de Comercio de Santa Rosa, La Pampa.

Bs. As., 20/4/2009

VISTO el Expediente Nº 80.066/03 del Registro de la DELEGACION REGIONAL SANTA ROSA --LA PAMPA-- del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, modificada por Ley Nº 25.674 y Ley Nº 26.390, Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y CONSIDERANDO:

Que el CENTRO EMPLEADOS DE COMERCIO DE SANTA ROSA LA PAMPA, solicita la aprobación de la modificación parcial de su Estatuto Social, adecuándolo a la Ley Nº...

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