Resolución 57.
Emisor | INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA |
Fecha de la disposición | 21 de Abril de 2017 |
INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA
Resolución 57/2017
Buenos Aires, 05/04/2017
VISTO el Expediente N° 24/2016 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA, la Ley N° 26.801, la Resolución N° 08/15/INAMU y su modificatoria, la Resolución N° 18/15/INAMU, la Resolución N° 19/15/INAMU, la Resolución N° 20/15/INAMU la Resolución N° 21/15/INAMU la Resolución N° 22/15/INAMU, la Resolución N° 23/15/INAMU, la Resolución N° 24/15/INAMU, y;
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 26.801 se crea el INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA.
Que el artículo 6 inciso a) de la mencionada ley, establece entre las funciones del INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA la de promover, fomentar y estimular la actividad musical en todo el territorio de la República Argentina, otorgando los beneficios previstos en la ley
Que la Ley N° 26.801 en su artículo 9 inciso g) establece entre las funciones y competencias del Directorio la de ejecutar las medidas de fomento tendientes a desarrollar la actividad musical, en sus aspectos culturales, artísticos, técnicos, industriales y comerciales, pudiendo a tal efecto auspiciar concursos, establecer premios, adjudicar becas de estudio e investigación y emplear todo otro medio necesario a tal fin.
Que en el marco de las competencias asignadas por la Ley N° 26.801 al Directorio del INAMU, se dictaron la Resolución N° 18/15/INAMU, la Resolución N° 19/15/INAMU, la Resolución N° 20/15/INAMU la Resolución N° 21/15/INAMU la Resolución N° 22/15/INAMU, la Resolución N° 23/15/INAMU, la Resolución N° 24/15/INAMU.
Que por las Resoluciones mencionadas en el párrafo precedente, se efectuaron las convocatorias para el otorgamiento de las medidas de fomento que prevé la Ley N° 26.801, entre ellas el otorgamiento de vales de producción, de subsidios regionales y nacionales.
Que en el marco de las convocatorias efectuadas se han declarado ganadores la cantidad de SEISCIENTOS CUARENTA (640) proyectos.
Que en algunos casos se ha observado, que esos proyectos ganadores, no han accedido al subsidio por diferentes circunstancias, entre ellas por renuncia al subsidio, por no haberse comunicado al INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA a pesar de estar debidamente notificado el beneficiario, o por no encontrarse debidamente registrado quién resultó ganador o quién optó por restituir el dinero otorgado por la institución.
Que dichas cuestiones deben resolverse en el marco de la presente Resolución, atendiendo las distintas razones por las cuales los beneficiarios optaron por no acceder al los beneficios que le hubieran correspondido.
Que en las bases de las convocatorias realizadas, se previó que cualquier hecho no previsto en las bases y condiciones sería resuelto por el INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA.
Que atendiendo a criterios de razonabilidad, proporcionalidad y buen orden administrativo, se estima pertinente resolver en forma definitiva todas las situaciones enumeradas en párrafo precedente.
Que en consecuencia corresponde dictar Resolución al respecto.
Que la Dirección General de Asuntos...
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