Resolución 564/2019
Fecha de publicación | 24 Julio 2019 |
Sección | Asociaciones Sindicales |
Emisor | MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO |
Ciudad de Buenos Aires, 22/07/2019
VISTO el Expediente N° EX 2019-19472731-APN-DNASI#MPYT, las Leyes Nros. 23.551, 25.674 y 26.390 y sus modificatorias, y los Decretos Nros. 467 de fecha 14 de abril de 1988, 514 de fecha 7 de marzo de 2003 y 801 de fecha 5 de septiembre de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen aplicable para las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.
Que, con fecha 17 de febrero de 2010, la asociación sindical “SINDICATO DEL PERSONAL JERÁRQUICO Y PROFESIONAL DEL PETRÓLEO Y GAS PRIVADO DE NEUQUÉN Y RÍO NEGRO”, solicitó la ampliación de personería gremial a la Provincia de La Pampa, de conformidad con la Ley N° 23.551 y sus modificatorias, y a su Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.
Que, la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial por Resolución N° 598 de fecha 1 de agosto de 2005, del entonces MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para agrupar a todo el personal jerárquico y profesional que desempeñe tareas en las empresas privadas dedicadas a la extracción, industrialización del petróleo y gas privado como subderivados, como así también en sus empresas subsidiarias, con zona de actuación en todo el territorio de las Provincias del Neuquén y Río Negro.
Que por Resolución Nº 286 de fecha 8 de abril de 2009 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la mencionada entidad obtuvo ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial, para agrupar al personal jerárquico y profesional que desempeñe tareas en relación dependiente con las empresas privadas dedicadas a la extracción e industrialización de petróleo y gas privado como subderivadas, dentro de la Provincia de La Pampa.
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 25 de la Ley N° 23.551 se ha valorado tanto la acreditación del universo de trabajadores como la representatividad respecto del ámbito pretendido, por el período que comprende los meses de agosto de 2009 a enero de 2010 inclusive; conforme la prueba efectivamente aportada por la peticionante en autos.
Que la entidad acreditó poseer en el periodo semestral pertinente, una representación cotizante superior al VEINTE POR CIENTO (20 %) respecto del personal jerárquico y profesional que desempeñe tareas en relación dependiente con las empresas privadas dedicadas a la extracción e industrialización de petróleo y gas privado como subderivadas, dentro de...
VISTO el Expediente N° EX 2019-19472731-APN-DNASI#MPYT, las Leyes Nros. 23.551, 25.674 y 26.390 y sus modificatorias, y los Decretos Nros. 467 de fecha 14 de abril de 1988, 514 de fecha 7 de marzo de 2003 y 801 de fecha 5 de septiembre de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen aplicable para las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.
Que, con fecha 17 de febrero de 2010, la asociación sindical “SINDICATO DEL PERSONAL JERÁRQUICO Y PROFESIONAL DEL PETRÓLEO Y GAS PRIVADO DE NEUQUÉN Y RÍO NEGRO”, solicitó la ampliación de personería gremial a la Provincia de La Pampa, de conformidad con la Ley N° 23.551 y sus modificatorias, y a su Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.
Que, la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial por Resolución N° 598 de fecha 1 de agosto de 2005, del entonces MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para agrupar a todo el personal jerárquico y profesional que desempeñe tareas en las empresas privadas dedicadas a la extracción, industrialización del petróleo y gas privado como subderivados, como así también en sus empresas subsidiarias, con zona de actuación en todo el territorio de las Provincias del Neuquén y Río Negro.
Que por Resolución Nº 286 de fecha 8 de abril de 2009 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la mencionada entidad obtuvo ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial, para agrupar al personal jerárquico y profesional que desempeñe tareas en relación dependiente con las empresas privadas dedicadas a la extracción e industrialización de petróleo y gas privado como subderivadas, dentro de la Provincia de La Pampa.
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 25 de la Ley N° 23.551 se ha valorado tanto la acreditación del universo de trabajadores como la representatividad respecto del ámbito pretendido, por el período que comprende los meses de agosto de 2009 a enero de 2010 inclusive; conforme la prueba efectivamente aportada por la peticionante en autos.
Que la entidad acreditó poseer en el periodo semestral pertinente, una representación cotizante superior al VEINTE POR CIENTO (20 %) respecto del personal jerárquico y profesional que desempeñe tareas en relación dependiente con las empresas privadas dedicadas a la extracción e industrialización de petróleo y gas privado como subderivadas, dentro de...
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